3. Otras disposiciones. . (2023/94-40)
Resolución de 15 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los estatutos de la Federación Andaluza de Galgos.
40 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Viernes, 19 de mayo de 2023
página 8837/19
Artículo 83. Funciones.
Son funciones propias de los Delegados Territoriales:
1. Ostentar la representación de la Federación en su ámbito territorial.
2. Supervisar la organización de las competiciones deportivas oficiales que se
celebren en su ámbito territorial.
3. Asistir a las sesiones de la Asamblea General con voz pero sin voto, salvo que sea
miembro electo de la misma, en cuyo caso gozará de todos los derechos inherentes a
esta condición.
CAPÍTULO XIII
Otros Comités
Artículo 83.A) Comité de Transparencia y Buen Gobierno.
1. El Comité de Transparencia y Buen Gobierno es el órgano encargado de velar por
el cumplimiento de las disposiciones de la Ley 1/2014, de 24 de junio, y del código de
buen gobierno.
2. Estará constituido por tres miembros de la Junta Directiva designados por la
Asamblea General, y elegirán entre ellos al que ocupe la presidencia. Estarán asesorados,
de ser necesario, por las personas que ocupen la Intervención y los servicios jurídicos de
la Federación.
3. La Secretaría General de la Federación con voz, pero sin voto, asistirá a la
secretaría del Comité. Tendrá carácter permanente, y revocable mediante la designación
de nuevos miembros por parte de la Asamblea General.
4. Ejercerá las siguientes funciones:
a) Proponer a la Asamblea, la adopción de recomendaciones, guías de buenas
prácticas en materia de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, así como
los medios necesarios para su aplicabilidad.
b) Emitir informes sobre las cuestiones que se le someta la Junta Directiva.
c) Poner en conocimiento de la Junta Directiva, cualquier incumplimiento detectado
sobre la normativa de aplicación en transparencia y buen gobierno.
d) Aquellas otras que le sean atribuidas por norma de rango legal o por la Asamblea
General en la materia de su competencia.
5. El Comité de Transparencia y Buen Gobierno, llevará a cabo las reuniones de
trabajo que considere necesario para el correcto desempeño de sus funciones, y
al menos, una vez al año antes de cada Asamblea. La Junta Directiva propondrá las
acciones necesarias para corregir las incidencias que se planteen en los informes del
Comité de Transparencia y Buen Gobierno.
Artículo 83.C) El Comisionado del Menor Deportista.
1. El Comisionado del Menor Deportista es el órgano unipersonal que, en el ámbito
de la federación deportiva, se encargará de velar por los derechos de los menores
deportistas y al que podrá dirigirse cualquier sugerencia, denuncia o reclamación en esta
materia para su resolución o traslado a la instancia competente, conforme a los estatutos
federativos y a la normativa de la aplicación.
2. Será nombrado por la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283863
Artículo 83.B) La Comisión de Mujer y Deporte.
1. La Comisión de Mujer y Deporte, en el marco de la normativa en materia de promoción
de la igualdad de género, es el órgano federativo específico para la aplicación real y efectiva
del principio de igualdad de género y para la promoción y fomento de la práctica deportiva de
la mujer, sin perjuicio de que tal objetivo vincule a toda federación deportiva.
2. Estará integrado por tres miembros afiliados a la Federación nombrados por la
Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Viernes, 19 de mayo de 2023
página 8837/19
Artículo 83. Funciones.
Son funciones propias de los Delegados Territoriales:
1. Ostentar la representación de la Federación en su ámbito territorial.
2. Supervisar la organización de las competiciones deportivas oficiales que se
celebren en su ámbito territorial.
3. Asistir a las sesiones de la Asamblea General con voz pero sin voto, salvo que sea
miembro electo de la misma, en cuyo caso gozará de todos los derechos inherentes a
esta condición.
CAPÍTULO XIII
Otros Comités
Artículo 83.A) Comité de Transparencia y Buen Gobierno.
1. El Comité de Transparencia y Buen Gobierno es el órgano encargado de velar por
el cumplimiento de las disposiciones de la Ley 1/2014, de 24 de junio, y del código de
buen gobierno.
2. Estará constituido por tres miembros de la Junta Directiva designados por la
Asamblea General, y elegirán entre ellos al que ocupe la presidencia. Estarán asesorados,
de ser necesario, por las personas que ocupen la Intervención y los servicios jurídicos de
la Federación.
3. La Secretaría General de la Federación con voz, pero sin voto, asistirá a la
secretaría del Comité. Tendrá carácter permanente, y revocable mediante la designación
de nuevos miembros por parte de la Asamblea General.
4. Ejercerá las siguientes funciones:
a) Proponer a la Asamblea, la adopción de recomendaciones, guías de buenas
prácticas en materia de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, así como
los medios necesarios para su aplicabilidad.
b) Emitir informes sobre las cuestiones que se le someta la Junta Directiva.
c) Poner en conocimiento de la Junta Directiva, cualquier incumplimiento detectado
sobre la normativa de aplicación en transparencia y buen gobierno.
d) Aquellas otras que le sean atribuidas por norma de rango legal o por la Asamblea
General en la materia de su competencia.
5. El Comité de Transparencia y Buen Gobierno, llevará a cabo las reuniones de
trabajo que considere necesario para el correcto desempeño de sus funciones, y
al menos, una vez al año antes de cada Asamblea. La Junta Directiva propondrá las
acciones necesarias para corregir las incidencias que se planteen en los informes del
Comité de Transparencia y Buen Gobierno.
Artículo 83.C) El Comisionado del Menor Deportista.
1. El Comisionado del Menor Deportista es el órgano unipersonal que, en el ámbito
de la federación deportiva, se encargará de velar por los derechos de los menores
deportistas y al que podrá dirigirse cualquier sugerencia, denuncia o reclamación en esta
materia para su resolución o traslado a la instancia competente, conforme a los estatutos
federativos y a la normativa de la aplicación.
2. Será nombrado por la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283863
Artículo 83.B) La Comisión de Mujer y Deporte.
1. La Comisión de Mujer y Deporte, en el marco de la normativa en materia de promoción
de la igualdad de género, es el órgano federativo específico para la aplicación real y efectiva
del principio de igualdad de género y para la promoción y fomento de la práctica deportiva de
la mujer, sin perjuicio de que tal objetivo vincule a toda federación deportiva.
2. Estará integrado por tres miembros afiliados a la Federación nombrados por la
Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva.