Disposiciones generales. . (2023/94-7)
Decreto-ley 4/2023, de 16 de mayo, por el que se modifican el Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía, y la Orden de 30 de abril de 2018, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se dictan actos de ejecución del Decreto-ley 1/2018, de 27 de marzo, de medidas para la gestión de los instrumentos financieros del Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020 y otras de carácter financiero, y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de garantías por la Junta de Andalucía a personas físicas mayores de edad hasta 35 años incluidos con objeto de financiar la adquisición de su primera vivienda habitual, y por las que se efectúa convocatoria para que las entidades financieras que pretendan adherirse al programa como entidades colaboradoras, puedan presentar solicitud para la suscripción del convenio de colaboración.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Viernes, 19 de mayo de 2023

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ANEXO II

4. DOCUMENTACIÓN
Presento copia de la siguiente documentación: (en cualquier momento la administración podrá requerir original de todos o algún
documento, por lo que debe conservar los originales durante toda la tramitación de la ayuda)
Designación de la persona interlocutora válida, y de la persona interlocutora válida suplente, habilitadas para las
comunicaciones con la administración. Y acreditación de tener capacidad suficiente para llevar a cabo todas las obligaciones
y funciones establecidas en el convenio de colaboración, en representación de la Entidad Financiera.
Acreditación del representante la Entidad Financiera para la suscripción del Convenio de Colaboración, si fuera distinta de la
anterior.
Acreditación que la Entidad Financiera tiene reconocida una Calificación Crediticia mínima de grado de inversión otorgada
por una agencia de Calificación Crediticia de las admitidas en el sistema de evaluación del crédito del Eurosistema, con
informe de valoración de la Dirección General con competencias en materia de política financiera.
Certificación del Registro de Entidades de Crédito del Banco de España, de la disposición de una red de oficinas en Andalucía.
Las entidades financieras que operen en Andalucía pero que no dispongan de oficinas en la Comunidad Autónoma, deberán
aportar certificación del Banco de España acreditativa de desarrollar operaciones en la Comunidad Autónoma de Andalucía e
identificar la oficina con la que actuaran como entidades colaboradoras.

DOCUMENTOS EN PODER DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
Ejerzo el derecho a no presentar los siguientes documentos que obran en poder de la Administración de la Junta de Andalucía o de
sus Agencias, e indico a continuación la información necesaria para que puedan ser recabados:
Documento

Consejería/Agencia y Órgano

Fecha de emisión
o presentación

Procedimiento en el que se
emitió o en el que se presentó

2
3
4
5
6
7
8
9
10

DOCUMENTOS EN PODER DE OTRAS ADMINISTRACIONES
Ejerzo el derecho a no presentar los siguientes documentos que obran en poder de otras Administraciones Públicas, e indico a
continuación la información necesaria para que puedan ser recabados:
Documento

Consejería/Agencia y Órgano

Fecha de emisión
o presentación

Procedimiento en el que se
emitió o en el que se presentó

1
2
3
4
5
6
7
8
9
10

00283890

005596

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

1

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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