Disposiciones generales. . (2023/94-8)
Acuerdo de 16 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación del II Plan Integral para la Inclusión de la Comunidad Gitana de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Viernes, 19 de mayo de 2023

página 8852/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD

La Constitución Española en su artículo 1 propugna como valores superiores del
ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político, y
reconoce expresamente en el artículo 14 el principio de igualdad ante la ley, sin que
pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión,
opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Corresponde a
los poderes públicos promover, según lo establecido en el artículo 9.2, las condiciones
para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean
reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la
participación de toda la ciudadanía en la vida política, económica, cultural y social.
El Estatuto de Autonomía para Andalucía establece, en su artículo 1.2, como valores
superiores la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político para todos los
andaluces, y en el artículo 9.2 asigna a la Comunidad Autónoma la función de garantizar
el pleno respeto a las minorías que residan en su territorio. Asimismo, el artículo 10.1
dispone que la Comunidad Autónoma de Andalucía promoverá las condiciones para que
la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y
efectivas y removerá los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y fomentará la
calidad de la democracia facilitando la participación de todos los andaluces en la vida
política, económica, cultural y social. A tales efectos, adoptará todas las medidas de
acción positiva que resulten necesarias.
Además, en el artículo 10.3, apartados 14.º y 21.º, dispone que la Comunidad
Autónoma, en defensa del interés general, ejercerá sus poderes para facilitar la cohesión
social, mediante un eficaz sistema de bienestar público, con especial atención a los
colectivos y zonas más desfavorecidos social y económicamente, para facilitar su
integración plena en la sociedad andaluza, propiciando así la superación de la exclusión
social, así como la promoción de las condiciones necesarias para la plena integración de
las minorías y, en especial, de la comunidad gitana para su plena incorporación social.
El artículo 61 del Estatuto de Autonomía atribuye a la Comunidad Autónoma
andaluza la competencia exclusiva en materia de servicios sociales, que incluye la
regulación, ordenación y gestión de servicios sociales, las prestaciones técnicas y las
prestaciones económicas con finalidad asistencial o complementarias de otros sistemas
de protección pública; la regulación y la aprobación de planes y programas específicos
dirigidos a personas y colectivos en situación de necesidad social y las instituciones
públicas de protección y tutela de personas necesitadas de protección especial, incluida
la creación de centros de ayuda, reinserción y rehabilitación, entre otras. Asimismo, la
Comunidad Autónoma tiene, según establece el artículo 84, la potestad de organizar y
administrar todos los servicios relacionados con servicios sociales y ejercer la tutela de
las instituciones y entidades en esta materia.
La Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, reconoce
la necesaria transversalidad de las actuaciones de los poderes públicos, y por lo tanto,
refuerza la coordinación intersectorial entre los distintos sistemas de protección social:
salud, empleo, vivienda, etc. La ley obliga a que la actividad planificadora, con la finalidad
de programar las prestaciones, servicios, y otras actuaciones necesarias para cumplir
los objetivos del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía en los próximos
años, incluya medidas de coordinación interdepartamental e interadministrativa, siendo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Acuerdo de 16 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se
aprueba la formulación del II Plan Integral para la Inclusión de la Comunidad
Gitana de Andalucía.