3. Otras disposiciones. . (2023/93-44)
Resolución de 8 de mayo de 2023, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Granada, por la que se acuerda la tramitación de urgencia de los procedimientos de recursos y reclamaciones contra las resoluciones, por las que se publican los listados de alumnado admitido y no admitido en los centros sostenidos con fondos públicos para el curso escolar 2023/2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 93 - Jueves, 18 de mayo de 2023

página 8713/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 8 de mayo de 2023, de la Delegación Territorial de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e
Innovación en Granada, por la que se acuerda la tramitación de urgencia de los
procedimientos de recursos y reclamaciones contra las resoluciones, por las
que se publican los listados de alumnado admitido y no admitido en los centros
sostenidos con fondos públicos para el curso escolar 2023/2024.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 48 del Decreto 21/2020, de 17 de febrero, por el
que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros
docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo
de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria
obligatoria y bachillerato y en la disposición final primera de la Orden de 20 de febrero de
2020, por la que se desarrolla el procedimiento de admisión del alumnado en los centros
docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo
de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria
obligatoria y bachillerato, en esta Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Granada se
tramitan los expedientes de recursos y reclamaciones contra las resoluciones por las que
se publican los listados de alumnos y alumnas admitidos y no admitidos en los diferentes
centros sostenidos con fondos públicos del ámbito competencial de la misma.
En virtud de lo establecido en el artículo 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas «Cuando razones
de interés público lo aconsejen, se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado,
la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a
la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la
presentación de solicitudes y recursos».
Por todo ello,
RESU ELVO

Contra el presente acuerdo no cabrá recurso alguno, a tenor de lo dispuesto en
el apartado 2 del artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, antes citada.
Granada, 8 de mayo de 2023.- La Delegada, María José Martín Gómez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00283748

Primero y único. Acordar, en virtud de lo dispuesto en el artículo 33.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, la tramitación de urgencia en los procedimientos de recursos y reclamaciones
contra las resoluciones por las que se publican los listados de alumnos y alumnas
admitidos y no admitidos en los centros sostenidos con fondos públicos de Granada y su
provincia, para el curso escolar 2023/2024, habida cuenta que en el presente supuesto
concurren razones de interés público para dicha tramitación con la máxima celeridad,
toda vez que el artículo 48.3 del Decreto 21/2020, antes citado, establece que los citados
recursos y reclamaciones deberán resolverse y notificarse a las personas interesadas en
el plazo máximo de tres meses desde su interposición, debiendo, en todo caso, quedar
garantizada la adecuada escolarización del alumno o alumna.
En consecuencia, se reducirán a la mitad los plazos establecidos en el procedimiento
ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.