Autoridades y personal. . (2023/93-33)
Resolución de 12 de mayo de 2023, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de Grupo IV.
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Número 93 - Jueves, 18 de mayo de 2023

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En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al
correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
5.6. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la
presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.
5.7. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, el Tribunal resolverá las dudas
que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas necesarias
para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará, en todo momento, a lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
5.8. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de personal
asesor especialista en las funciones de la/s plaza/s convocada/s para las pruebas
correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes. Este asesoramiento se
limitará al ejercicio de sus especialidades técnicas, exclusivamente colaborando con el
Tribunal. Asimismo, podrá nombrar personas colaboradoras para las tareas internas de
organización y vigilancia. La designación de estas personas, asesoras y colaboradoras,
deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Córdoba.
5.9. El Tribunal adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte
necesario, de forma que las personas aspirantes con discapacidad gocen de similares
condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de personas participantes.
En este sentido, para aquellas personas con discapacidad que así lo soliciten en la forma
prevista en la base 3.5, el Tribunal establecerá las adaptaciones posibles en tiempo y
medios para la realización de los ejercicios, en los casos en que resulte necesario, según
lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios
generales para la adaptación de tiempos adicionales en las pruebas selectivas para el
acceso al empleo público de personas con discapacidad. Las posibles adaptaciones
se concederán únicamente en aquellos casos en que la discapacidad guarde relación
directa con la prueba a realizar, debiendo las personas interesadas aportar la información
necesaria.
5.10. El Tribunal excluirá a aquellas personas en cuyo ejercicio figuren nombres,
rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de estas.
5.11. Contra las resoluciones del Tribunal y sus actos de trámite, si deciden directa
o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el
procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses
legítimos, cabrá interponer recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que
establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
5.12. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Rectorado de la Universidad de Córdoba, sito en Avda. Medina Azahara, núm. 5.
El Tribunal dispondrá en esta sede, al menos, una persona, miembro o no del Tribunal,
que atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas
selectivas. Asimismo, cualquier información de interés para el proceso será publicada en
el Portal del Personal, apartado «Convocatorias de empleo PTGAS», de la página web de
la Universidad de Córdoba.
5.13. El Tribunal que actúe en este proceso selectivo, a efectos económicos, tendrá
la categoría cuarta de las recogidas en el Anexo V del Presupuesto de la Universidad de
Córdoba.
5.14. El Tribunal no podrá, en ningún caso, aprobar ni declarar que ha superado
el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas por la
presente resolución. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido
en esta base será nula de pleno derecho.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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