3. Otras disposiciones. . (2023/93-45)
Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se ordena la publicación del Convenio Colectivo que se cita.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 93 - Jueves, 18 de mayo de 2023
página 8709/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo,
Seguridad y Salud Laboral, por la que se ordena la publicación del Convenio
Colectivo que se cita.
Visto el texto del Acuerdo de 11 de noviembre de 2022, relativo a las tablas salariales
para el año 2023, adoptado por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la
empresa Asociación Fondo Andaluz de Municipios para la Solidaridad Internacional (Cod.
71103422012021) de ámbito interprovincial, suscrito por la representación legal de la
empresa y la de los trabajadores, inscrito en Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos
y Planes de Igualdad por Resolución de 3 de mayo de 2023 y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 90, apartado 3, del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre,
RESU ELVO
Único. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 11 de mayo de 2023.- El Director General, Luis Roda Oliveira.
En Sevilla, siendo las 11:00 horas del día 11 de noviembre de 2022, en el domicilio
de la oficina técnica de FAMSI, sito Avda. de la Constitución, 24, 1.ª planta, se reúnen
las partes con el fin de negociar y aprobar cambios en el convenio colectivo de «Fondo
Andaluz para la Solidaridad Internacional-FAMSI» alcanzando a los siguientes acuerdos:
Primero. Ambas partes reconocen la legitimidad de las partes para la negociación y
aprobación de cambios en el Convenio Colectivo de la Asociación.
Segundo. Aprobar los siguientes cambios en el Convenio colectivo de la Asociación
Fondo Andaluz de Municipios para la Solidaridad Internacional-FAMSI:
- Aprobación subida salarial. Las nuevas tablas salariales que regirán a partir de
enero de 2023 se anexan a la presente acta.
- Se acuerda que el párrafo del artículo 22. Permisos y reducciones de jornada
retribuidos de nuestro convenio colectivo que está redactado de la siguiente forma:
A los trabajadores y las trabajadoras que por razón de su cargo tengan
contemplados complementos por disponibilidad y carga, no les será de aplicación
el sistema de compensación anteriormente establecido.
Queda de la siguiente manera:
Tercero. Remitir dichos cambios a la autoridad laboral competente para su registro,
depósito y publicación.
Cuarto. Delegar en la persona de D.O.V. la firma de la solicitud de dichos cambios en
el Registro de Convenios Colectivos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283746
A los trabajadores y las trabajadoras que por razón de su cargo tengan
contemplados complementos por responsabilidad y cargo, no les será de aplicación
el sistema de compensación anteriormente establecido.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 93 - Jueves, 18 de mayo de 2023
página 8709/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo,
Seguridad y Salud Laboral, por la que se ordena la publicación del Convenio
Colectivo que se cita.
Visto el texto del Acuerdo de 11 de noviembre de 2022, relativo a las tablas salariales
para el año 2023, adoptado por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la
empresa Asociación Fondo Andaluz de Municipios para la Solidaridad Internacional (Cod.
71103422012021) de ámbito interprovincial, suscrito por la representación legal de la
empresa y la de los trabajadores, inscrito en Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos
y Planes de Igualdad por Resolución de 3 de mayo de 2023 y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 90, apartado 3, del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre,
RESU ELVO
Único. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 11 de mayo de 2023.- El Director General, Luis Roda Oliveira.
En Sevilla, siendo las 11:00 horas del día 11 de noviembre de 2022, en el domicilio
de la oficina técnica de FAMSI, sito Avda. de la Constitución, 24, 1.ª planta, se reúnen
las partes con el fin de negociar y aprobar cambios en el convenio colectivo de «Fondo
Andaluz para la Solidaridad Internacional-FAMSI» alcanzando a los siguientes acuerdos:
Primero. Ambas partes reconocen la legitimidad de las partes para la negociación y
aprobación de cambios en el Convenio Colectivo de la Asociación.
Segundo. Aprobar los siguientes cambios en el Convenio colectivo de la Asociación
Fondo Andaluz de Municipios para la Solidaridad Internacional-FAMSI:
- Aprobación subida salarial. Las nuevas tablas salariales que regirán a partir de
enero de 2023 se anexan a la presente acta.
- Se acuerda que el párrafo del artículo 22. Permisos y reducciones de jornada
retribuidos de nuestro convenio colectivo que está redactado de la siguiente forma:
A los trabajadores y las trabajadoras que por razón de su cargo tengan
contemplados complementos por disponibilidad y carga, no les será de aplicación
el sistema de compensación anteriormente establecido.
Queda de la siguiente manera:
Tercero. Remitir dichos cambios a la autoridad laboral competente para su registro,
depósito y publicación.
Cuarto. Delegar en la persona de D.O.V. la firma de la solicitud de dichos cambios en
el Registro de Convenios Colectivos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283746
A los trabajadores y las trabajadoras que por razón de su cargo tengan
contemplados complementos por responsabilidad y cargo, no les será de aplicación
el sistema de compensación anteriormente establecido.