3. Otras disposiciones. . (2023/93-43)
Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se conceden los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de grado superior correspondientes al curso académico 2020/2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 93 - Jueves, 18 de mayo de 2023
página 8743/2
Cuarto. El alumnado que haya obtenido Premio Extraordinario de Formación
Profesional de grado superior en la Comunidad Autónoma de Andalucía recibirá un
diploma acreditativo de tal distinción, que será anotado en su expediente académico
mediante diligencia efectuada por la persona titular de la secretaría del centro docente
en el que esté depositado dicho expediente y se hará constar en las certificaciones
académicas que se expidan. Así mismo, podrá concurrir, previa inscripción, al Premio
Nacional de Formación Profesional de Grado Superior que convoque el Ministerio con
competencias en materia de Educación.
Quinto. Esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida
potestativamente en reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente a su
publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado, de conformidad con lo previsto en
los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, o ser impugnada mediante
la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo
establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
00283768
Sevilla, 11 de mayo de 2023.- La Directora General, María Ángeles Rodríguez Peralta.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 93 - Jueves, 18 de mayo de 2023
página 8743/2
Cuarto. El alumnado que haya obtenido Premio Extraordinario de Formación
Profesional de grado superior en la Comunidad Autónoma de Andalucía recibirá un
diploma acreditativo de tal distinción, que será anotado en su expediente académico
mediante diligencia efectuada por la persona titular de la secretaría del centro docente
en el que esté depositado dicho expediente y se hará constar en las certificaciones
académicas que se expidan. Así mismo, podrá concurrir, previa inscripción, al Premio
Nacional de Formación Profesional de Grado Superior que convoque el Ministerio con
competencias en materia de Educación.
Quinto. Esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida
potestativamente en reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente a su
publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado, de conformidad con lo previsto en
los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, o ser impugnada mediante
la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo
establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
00283768
Sevilla, 11 de mayo de 2023.- La Directora General, María Ángeles Rodríguez Peralta.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja