Disposiciones generales. . (2023/92-5)
Resolución de 8 de mayo de 2023, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a personas jóvenes andaluzas o residentes en Andalucía, para poner en funcionamiento proyectos empresariales en Andalucía (Programa «Innovactiva»), para el ejercicio 2023.
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Número 92 - Miércoles, 17 de mayo de 2023
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g) Carácter innovador y originalidad del proyecto, en relación a los procesos,
productos, servicios o métodos de producción: Hasta un máximo de 5 puntos.
Se valorará en función de la información facilitada por el solicitante en los datos
relativos al proyecto, que deberá ser cumplimentada en el apartado correspondiente
del Anexo I de solicitud, y se pondrá de manifiesto en el criterio1 g) del apartado 5 del
Anexo I, siguiendo los siguientes criterios:
- El desarrollo de la actividad empresarial, tanto en el proceso de producción, como
en los bienes y/o servicios resultantes son innovadores y originales con respecto a los
existentes actualmente en el mercado: 5 puntos.
- Si no es así, pero existen fases del proceso productivo o de la comercialización de
bienes y/o servicios que si son novedosos u originales con respecto a lo que existe en el
mercado actual, la puntuación se graduará en función de la información facilitada: Hasta
4 puntos.
Criterio 2. Proyectos con expectativa de generación de empleo: Hasta un máximo de
5 puntos.
Se valorará en función de la información facilitada por el solicitante en los datos
relativos al proyecto, que deberá ser cumplimentada en el apartado correspondiente del
Anexo I de solicitud, y se pondrá de manifiesto en el criterio 2 del apartado 5 del Anexo I,
siguiendo los siguientes criterios:
- Generación de un puesto de trabajo en un plazo estimado de 2 años: 1 punto.
- Generación de dos puestos de trabajo en un plazo estimado de 2 años: 2 puntos.
- Generación de tres puestos de trabajo en un plazo estimado de 2 años: 3 puntos.
- Generación de cuatro puestos de trabajo en un plazo estimado de 2 años: 4 puntos.
- Generación de cinco o más puestos de trabajo en un plazo estimado de 2 años: 5
puntos.
Criterio 3. Proyectos sostenibles con el medio ambiente: Hasta un máximo de 5
puntos.
Se valorará en función de la información facilitada por el solicitante en los datos
relativos al proyecto, que deberá ser cumplimentada en el apartado correspondiente del
Anexo I de solicitud, y se pondrá de manifiesto en el criterio 3 del apartado 5 del Anexo I,
siguiendo los siguientes criterios:
- Proyectos cuyo desarrollo impliquen actuaciones beneficiosas y sostenibles para
el medio ambiente (Introducen elementos que reducen el consumo de energía, emplean
energías alternativas, contemplan el tratamiento de residuos…): 5 puntos.
- Si no es así, pero existen actuaciones o fases de la actividad beneficiosas y
sostenibles con el medio ambiente, la puntuación se graduará en función de la información
facilitada: Hasta 4 puntos.
Criterio 4. Proyectos cuyas personas promotoras cumplan con criterios de paridad de
género o que desarrollen actuaciones que incluyan la perspectiva de género: Hasta un
máximo de 5 puntos.
Se valorará en función de la información facilitada por el solicitante en los datos
relativos al proyecto, que deberá ser cumplimentada los apartados correspondientes del
Anexo I, solicitud, y se pondrá de manifiesto en el criterio 4 del apartado 5 del Anexo I,
siguiendo los siguientes criterios:
- En el caso de constitución de empresas con forma jurídica societaria: Los socios/
as promotores cumplen con la paridad de género, y al mismo tiempo que se ha tenido
en cuenta la perspectiva de género en la empresa en todos sus procesos: Selección,
promoción, formación, desarrollo de carrera profesional, remuneración y conciliación de
la vida personal, familiar y laboral para todas y todos los trabajadores: 5 puntos.
- En el caso de persona trabajadora autónoma: en la actividad empresarial que se
pretende poner en marcha se ha tenido en cuenta la perspectiva de género en todos sus
procesos: Selección, promoción, formación, desarrollo de carrera profesional, remuneración
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283640
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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g) Carácter innovador y originalidad del proyecto, en relación a los procesos,
productos, servicios o métodos de producción: Hasta un máximo de 5 puntos.
Se valorará en función de la información facilitada por el solicitante en los datos
relativos al proyecto, que deberá ser cumplimentada en el apartado correspondiente
del Anexo I de solicitud, y se pondrá de manifiesto en el criterio1 g) del apartado 5 del
Anexo I, siguiendo los siguientes criterios:
- El desarrollo de la actividad empresarial, tanto en el proceso de producción, como
en los bienes y/o servicios resultantes son innovadores y originales con respecto a los
existentes actualmente en el mercado: 5 puntos.
- Si no es así, pero existen fases del proceso productivo o de la comercialización de
bienes y/o servicios que si son novedosos u originales con respecto a lo que existe en el
mercado actual, la puntuación se graduará en función de la información facilitada: Hasta
4 puntos.
Criterio 2. Proyectos con expectativa de generación de empleo: Hasta un máximo de
5 puntos.
Se valorará en función de la información facilitada por el solicitante en los datos
relativos al proyecto, que deberá ser cumplimentada en el apartado correspondiente del
Anexo I de solicitud, y se pondrá de manifiesto en el criterio 2 del apartado 5 del Anexo I,
siguiendo los siguientes criterios:
- Generación de un puesto de trabajo en un plazo estimado de 2 años: 1 punto.
- Generación de dos puestos de trabajo en un plazo estimado de 2 años: 2 puntos.
- Generación de tres puestos de trabajo en un plazo estimado de 2 años: 3 puntos.
- Generación de cuatro puestos de trabajo en un plazo estimado de 2 años: 4 puntos.
- Generación de cinco o más puestos de trabajo en un plazo estimado de 2 años: 5
puntos.
Criterio 3. Proyectos sostenibles con el medio ambiente: Hasta un máximo de 5
puntos.
Se valorará en función de la información facilitada por el solicitante en los datos
relativos al proyecto, que deberá ser cumplimentada en el apartado correspondiente del
Anexo I de solicitud, y se pondrá de manifiesto en el criterio 3 del apartado 5 del Anexo I,
siguiendo los siguientes criterios:
- Proyectos cuyo desarrollo impliquen actuaciones beneficiosas y sostenibles para
el medio ambiente (Introducen elementos que reducen el consumo de energía, emplean
energías alternativas, contemplan el tratamiento de residuos…): 5 puntos.
- Si no es así, pero existen actuaciones o fases de la actividad beneficiosas y
sostenibles con el medio ambiente, la puntuación se graduará en función de la información
facilitada: Hasta 4 puntos.
Criterio 4. Proyectos cuyas personas promotoras cumplan con criterios de paridad de
género o que desarrollen actuaciones que incluyan la perspectiva de género: Hasta un
máximo de 5 puntos.
Se valorará en función de la información facilitada por el solicitante en los datos
relativos al proyecto, que deberá ser cumplimentada los apartados correspondientes del
Anexo I, solicitud, y se pondrá de manifiesto en el criterio 4 del apartado 5 del Anexo I,
siguiendo los siguientes criterios:
- En el caso de constitución de empresas con forma jurídica societaria: Los socios/
as promotores cumplen con la paridad de género, y al mismo tiempo que se ha tenido
en cuenta la perspectiva de género en la empresa en todos sus procesos: Selección,
promoción, formación, desarrollo de carrera profesional, remuneración y conciliación de
la vida personal, familiar y laboral para todas y todos los trabajadores: 5 puntos.
- En el caso de persona trabajadora autónoma: en la actividad empresarial que se
pretende poner en marcha se ha tenido en cuenta la perspectiva de género en todos sus
procesos: Selección, promoción, formación, desarrollo de carrera profesional, remuneración
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283640
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía