Autoridades y personal. . (2023/92-35)
Resolución de 12 de mayo de 2023, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca a concurso de acceso plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 92 - Miércoles, 17 de mayo de 2023

página 8656/4

Quinta. Comisiones Evaluadoras de Acceso.
La composición de la Comisión encargada de resolver el concurso de acceso es la
que figura en el Anexo I de la presente convocatoria, cuyo nombramiento ha realizado
este Rectorado de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 6
de Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, y en el artículo 25 de los Estatutos de
la Universidad de Córdoba. Los currículos de los miembros de la citada Comisión se
encuentran publicados en la página web de la Universidad de Córdoba, accediendo, para
su descarga, en el Portal del Personal/Convocatorias de Empleo PDI (Personal docente
funcionario).
El nombramiento como miembro de la Comisión es irrenunciable, salvo cuando
concurra causa justificada que impida su actuación como miembro de la misma. En este
caso, la apreciación de la causa alegada corresponderá a este Rectorado. Los miembros
de la Comisión deberán abstenerse de actuar cuando concurra causa justificada de
alguno de los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los aspirantes podrán recusar
a los miembros de la Comisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la
citada ley. Una vez resuelto el escrito de renuncia, abstención o recusación que pudiera
haberse presentado, los miembros afectados serán sustituidos por sus respectivos
suplentes. En el supuesto excepcional de que también en el miembro suplente de que se
trate concurriese alguna de las circunstancias de impedimento citadas anteriormente, su
sustitución se hará por orden correlativo de nombramiento entre los miembros suplentes.
Si tampoco fuera posible esta sustitución, el Rectorado de la Universidad de Córdoba
procederá al nombramiento de nuevo titular y suplente conforme al procedimiento
establecido en los Estatutos al objeto de cubrir la vacante producida. Dentro del plazo
máximo de dos meses, computado a partir del día siguiente a la publicación de la lista
definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al concurso, deberá constituirse la Comisión.
Para ello, el Presidente titular, previa consulta a los restantes miembros de la misma,
dictará una Resolución que deberá ser notificada, convocando a todos los miembros
titulares de la Comisión y, en su caso, a los suplentes necesarios, para proceder al acto
formal de constitución de la misma, fijando fecha, hora y lugar a tales efectos. Del envío
de la citación y de la respuesta por parte de cada uno de los miembros de la Comisión
debe quedar copia en el expediente.
Asimismo, el Presidente procederá a dictar Resolución que deberá ser notificada, con
al menos diez días hábiles de antelación, convocando a todos los candidatos admitidos
al concurso para el acto de presentación, fijando fecha, hora y lugar de celebración del
mismo. De la recepción de dicha notificación por parte de los interesados deberá quedar
constancia debidamente acreditada.
Los miembros Titulares que no concurrieran al acto de constitución cesarán y serán
sustituidos por sus respectivos suplentes.
Una vez constituida la Comisión, en caso de ausencia del Presidente, éste será
sustituido por el Catedrático de Universidad más antiguo.
En el caso de ausencia del Secretario, éste será sustituido por el Catedrático de
Universidad más moderno.
Para que la Comisión pueda actuar válidamente será necesaria la participación de, al
menos, tres de sus miembros.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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se presentará mediante Solicitud Genérica a través del Registro electrónico de la
Universidad de Córdoba, a la que se puede acceder en el siguiente enlace
https://sede.uco.es/GOnceOV/tramites/acceso.do?id=24.
Transcurrido este plazo sin que se hubieran presentado reclamaciones o resueltas
las que, en su caso, hayan podido presentarse, el Rector dictará resolución elevando a
definitivas las listas de aspirantes, que serán publicadas en el BOUCO.