Disposiciones generales. . (2023/92-4)
Corrección de errores de la Orden de 18 de abril de 2023, por la que se convocan para el año 2022 las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020) y de su extracto.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 92 - Miércoles, 17 de mayo de 2023
página 8611/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Corrección de errores de la Orden de 18 de abril de 2023, por la que se
convocan para el año 2022 las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre
de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de
ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal
de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en
Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y
de la Pesca (2014-2020) y de su extracto.
Advertido errores en la Orden de 18 de abril de 2023, por la que se convocan para el
año 2022 las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de
concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la
flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), por la parada temporal
de la flota de cerco con puerto base en Andalucía que faena en el Caladero Nacional
del Golfo de Cádiz, y en su extracto, que han sido publicados en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía número 82, de 3 de mayo de 2023, y de acuerdo con lo previsto en
el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, donde se establece que «Las Administraciones
Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de
los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos»,
procede su subsanación en los siguientes términos:
Uno. En la página 7678/2 de la orden de convocatoria, en el resuelvo primero,
apartado 1,
Donde dice:
«1. Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2022, las
ayudas destinadas a la paralización temporal de la flota de cerco con puerto base en
Andalucía que faena en Caladero Nacional del Golfo de Cádiz, reguladas en la Orden de 2
de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión
de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la
actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en
el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020),
que ha tenido lugar del 1 de diciembre de 2022 al 31 de diciembre de 2023, en la cuantía
máxima que se especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios que asimismo se
indican:
Línea de ayuda
Partidas presupuestarias
Cuantía máxima (€)
1400120000/G/71P/47300/00/G2311145G6 Armadores: 5.000,00
1400120000/G/71P/47300/00/G4130204A6 Armadores: 500.000,00
Ayuda a la parada temporal de la flota con puerto
base en Andalucía de la modalidad de cerco que
faena en el Caladero Nacional del Golfo de Cádiz. 1400120000/G/71P/48300/00/G2311145G6 Tripulantes: 10.000,00
1300120000/G/71P/48300/00/G4130204A6 Tripulantes:690.000,00
1.205.000,00
»
Debe decir:
«1. Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2022, las
ayudas destinadas a la paralización temporal de la flota de cerco con puerto base en
Andalucía que faena en Caladero Nacional del Golfo de Cádiz, reguladas en la Orden de 2
de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión
de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283643
TOTAL DISPONIBLE 2023
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 92 - Miércoles, 17 de mayo de 2023
página 8611/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Corrección de errores de la Orden de 18 de abril de 2023, por la que se
convocan para el año 2022 las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre
de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de
ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal
de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en
Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y
de la Pesca (2014-2020) y de su extracto.
Advertido errores en la Orden de 18 de abril de 2023, por la que se convocan para el
año 2022 las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de
concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la
flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), por la parada temporal
de la flota de cerco con puerto base en Andalucía que faena en el Caladero Nacional
del Golfo de Cádiz, y en su extracto, que han sido publicados en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía número 82, de 3 de mayo de 2023, y de acuerdo con lo previsto en
el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, donde se establece que «Las Administraciones
Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de
los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos»,
procede su subsanación en los siguientes términos:
Uno. En la página 7678/2 de la orden de convocatoria, en el resuelvo primero,
apartado 1,
Donde dice:
«1. Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2022, las
ayudas destinadas a la paralización temporal de la flota de cerco con puerto base en
Andalucía que faena en Caladero Nacional del Golfo de Cádiz, reguladas en la Orden de 2
de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión
de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la
actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en
el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020),
que ha tenido lugar del 1 de diciembre de 2022 al 31 de diciembre de 2023, en la cuantía
máxima que se especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios que asimismo se
indican:
Línea de ayuda
Partidas presupuestarias
Cuantía máxima (€)
1400120000/G/71P/47300/00/G2311145G6 Armadores: 5.000,00
1400120000/G/71P/47300/00/G4130204A6 Armadores: 500.000,00
Ayuda a la parada temporal de la flota con puerto
base en Andalucía de la modalidad de cerco que
faena en el Caladero Nacional del Golfo de Cádiz. 1400120000/G/71P/48300/00/G2311145G6 Tripulantes: 10.000,00
1300120000/G/71P/48300/00/G4130204A6 Tripulantes:690.000,00
1.205.000,00
»
Debe decir:
«1. Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2022, las
ayudas destinadas a la paralización temporal de la flota de cerco con puerto base en
Andalucía que faena en Caladero Nacional del Golfo de Cádiz, reguladas en la Orden de 2
de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión
de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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