3. Otras disposiciones. . (2023/91-51)
Resolución de 25 de abril de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Málaga, por la que se otorga autorización administrativa previa al proyecto de Parque Eólico término municipal de Antequera (Málaga). (PP. 1756/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 91 - Martes, 16 de mayo de 2023

página 7828/5

diciembre, e incorpora las determinaciones y condiciones establecidas en la autorización
ambiental unificada concedida mediante el informe de fecha 24.1.2023. La autorización
se otorga condicionada al cumplimiento de la normativa aplicable y de los siguientes
requisitos:
- Las obras no podrán iniciarse hasta que la persona titular de la instalación no
obtenga la autorización administrativa de construcción, de acuerdo a lo establecido en el
articulo 53.1b) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
- La Administración podrá dejar sin efecto la presente autorización en cualquier
momento en que constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma
y/o la pérdida de los permisos de acceso y conexión a la red de la instalación. En tales
supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la revocación de la
autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven
según las disposiciones legales vigentes.
- La persona titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el
cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones,
organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales le han
sido trasladados, habiendo sido aceptados por el mismo. En particular, el titular de
la instalación deberá cumplir los condicionados expuestos en el Informe vinculante
favorable de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía
Azul en Málaga, relativo a la solicitud de Autorización Ambiental Unificada promovida
por Generación Eolicosolar 1, S.L. para el proyecto del parque eólico «El Buho» y su
línea aéreo-subterránea de evacuación de 20 kV, en el término municipal de Antequera
(AAU/MA/63/20), de fecha 18.1.2023, cuyo contenido íntegro se puede consultar de
forma pública en la página web de la citada Consejería competente en materia de Medio
Ambiente, en el siguiente enlace:
http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/
- La caducidad de la autorización ambiental unificada de la instalación será condición
suficiente para la revocación de esta autorización, por incumplimiento de las condiciones
y requisitos establecidos en la misma.
Tercero. Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas
a esta Delegación Territorial y sin perjuicio e independientemente de las demás
autorizaciones, permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de
otros organismos y Administraciones conforme a la legislación general y sectorial, cuyos
condicionantes habrán de respetarse; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de
terceros.
Cuarto. La aprobación del proyecto de ejecución deberá ser solicitada en el plazo de 3
meses a partir del otorgamiento de esta resolución de autorización administrativa previa.
Si transcurrido dicho plazo aquélla no ha sido solicitada, se producirá su caducidad. El
peticionario, por razones justificadas, podrá solicitar prórrogas del plazo establecido,
conforme a lo dispuesto en el artículo 128 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recuso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria, Energía y
Minas en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente al de su publicación,
sin perjuicio de la notificación a los interesados en el procedimiento, de conformidad con
lo establecido en los artículos 40, 45, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282863

Quinto. Esta resolución deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, y será notificada a Generación
Eolicosolar 1, S.L., y a todas las administraciones, organismos públicos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general que hayan intervenido en el expediente.