Autoridades y personal. . (2023/91-41)
Resolución de 10 de mayo de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plaza de Profesor/a Asociado/a de Concierto con las Instituciones Sanitarias.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 91 - Martes, 16 de mayo de 2023
página 8564/5
4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que
haya motivado su exclusión u omisión de la relación de admitidos y excluidos. Para realizar
la subsanación deberán generar una solicitud de subsanación en la plataforma referida
en el apartado 3.1, con la opción de menú «Convocatorias abiertas > Mis solicitudes»,
en la plaza correspondiente y con el botón «Subsanar Solicitud». La solicitud de
subsanación generada deberá firmarse electrónicamente en la plataforma con el mismo
procedimiento del apartado 3.5 de estas bases. Los aspirantes que, dentro del plazo
señalado, no subsanen la exclusión, no realicen alegación frente a la omisión producida
que justifique su derecho a ser incluidos o no la presenten según el procedimiento
indicado en el apartado 3.5, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
4.3. Serán causas de exclusión subsanables, dentro del plazo de subsanación de
solicitudes, la no aportación de la documentación referida en el apartado 3.2 de estas
bases. También será causa de exclusión, pero no subsanable, el no abonar los derechos
de participación o la no presentación de la solicitud completando los pasos descritos en
3.4 y 3.5, dentro del plazo de solicitud indicado en la base 3.6.
La inadecuada justificación de los méritos alegados en el plazo de presentación de
solicitudes o en el plazo de subsanación establecido al efecto, no supondrá la exclusión
en las listas de admisión al concurso. No obstante, el concursante deberá hacerlo
correctamente ante el requerimiento de la Comisión Asesora, ya que la inadecuada
justificación de los méritos alegados conllevará la no baremación de esos méritos.
4.4. Transcurrido el plazo de subsanación, se publicará la resolución del Rector por la
que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos al concurso.
6. Desarrollo del concurso.
6.1. Los concursos serán resueltos por la Comisión de Selección, a la que
corresponde, a propuesta del Consejo de Departamento correspondiente, aprobar los
criterios o factores de pertinencia que serán de aplicación en la valoración de los méritos
de los concursantes, en función de su coherencia y correspondencia con el perfil teóricopráctico expresado en el anexo de la convocatoria de la plaza o plazas convocadas.
Estará asistida por la correspondiente Comisión Asesora del Departamento, así como
por cualquier especialista que estime conveniente. La composición de las Comisiones
puede consultarse en la página web del Servicio de PDI:
http://www.uma.es/personal-docente-e-investigador
(Enlace del menú «Normativa concursos»).
Las Comisiones, en cuanto órganos de selección de personal, gozarán de autonomía
funcional y se hallarán facultadas para aplicar e interpretar el baremo correspondiente a
la plaza objeto de concurso, para resolver las cuestiones no previstas en las respectivas
bases de la convocatoria, así como para adoptar aquellos acuerdos necesarios para
llevar a buen fin los procesos selectivos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283598
5. Publicación.
5.1. Se publicarán en la página web del Servicio de PDI de la UMA:
http://www.uma.es/personal-docente-e-investigador
(Enlace del menú «Concursos plazas PDI»), tanto las relaciones de admitidos y excluidos
al concurso como cuantas comunicaciones y requerimientos relacionados con el mismo
se produzcan.
5.2. De acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
estas publicaciones sustituirán la notificación personal a los interesados y producirán los
mismos efectos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 91 - Martes, 16 de mayo de 2023
página 8564/5
4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que
haya motivado su exclusión u omisión de la relación de admitidos y excluidos. Para realizar
la subsanación deberán generar una solicitud de subsanación en la plataforma referida
en el apartado 3.1, con la opción de menú «Convocatorias abiertas > Mis solicitudes»,
en la plaza correspondiente y con el botón «Subsanar Solicitud». La solicitud de
subsanación generada deberá firmarse electrónicamente en la plataforma con el mismo
procedimiento del apartado 3.5 de estas bases. Los aspirantes que, dentro del plazo
señalado, no subsanen la exclusión, no realicen alegación frente a la omisión producida
que justifique su derecho a ser incluidos o no la presenten según el procedimiento
indicado en el apartado 3.5, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
4.3. Serán causas de exclusión subsanables, dentro del plazo de subsanación de
solicitudes, la no aportación de la documentación referida en el apartado 3.2 de estas
bases. También será causa de exclusión, pero no subsanable, el no abonar los derechos
de participación o la no presentación de la solicitud completando los pasos descritos en
3.4 y 3.5, dentro del plazo de solicitud indicado en la base 3.6.
La inadecuada justificación de los méritos alegados en el plazo de presentación de
solicitudes o en el plazo de subsanación establecido al efecto, no supondrá la exclusión
en las listas de admisión al concurso. No obstante, el concursante deberá hacerlo
correctamente ante el requerimiento de la Comisión Asesora, ya que la inadecuada
justificación de los méritos alegados conllevará la no baremación de esos méritos.
4.4. Transcurrido el plazo de subsanación, se publicará la resolución del Rector por la
que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos al concurso.
6. Desarrollo del concurso.
6.1. Los concursos serán resueltos por la Comisión de Selección, a la que
corresponde, a propuesta del Consejo de Departamento correspondiente, aprobar los
criterios o factores de pertinencia que serán de aplicación en la valoración de los méritos
de los concursantes, en función de su coherencia y correspondencia con el perfil teóricopráctico expresado en el anexo de la convocatoria de la plaza o plazas convocadas.
Estará asistida por la correspondiente Comisión Asesora del Departamento, así como
por cualquier especialista que estime conveniente. La composición de las Comisiones
puede consultarse en la página web del Servicio de PDI:
http://www.uma.es/personal-docente-e-investigador
(Enlace del menú «Normativa concursos»).
Las Comisiones, en cuanto órganos de selección de personal, gozarán de autonomía
funcional y se hallarán facultadas para aplicar e interpretar el baremo correspondiente a
la plaza objeto de concurso, para resolver las cuestiones no previstas en las respectivas
bases de la convocatoria, así como para adoptar aquellos acuerdos necesarios para
llevar a buen fin los procesos selectivos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283598
5. Publicación.
5.1. Se publicarán en la página web del Servicio de PDI de la UMA:
http://www.uma.es/personal-docente-e-investigador
(Enlace del menú «Concursos plazas PDI»), tanto las relaciones de admitidos y excluidos
al concurso como cuantas comunicaciones y requerimientos relacionados con el mismo
se produzcan.
5.2. De acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
estas publicaciones sustituirán la notificación personal a los interesados y producirán los
mismos efectos.