Disposiciones generales. . (2023/90-5)
Resolución de 8 de mayo de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convocan para el año 2023 las subvenciones públicas previstas en la Orden de 5 de mayo de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 90 - Lunes, 15 de mayo de 2023

página 8429/2

Segundo. Régimen jurídico.
En lo no previsto en esta resolución de convocatoria se estará a lo dispuesto en las
bases reguladoras.
Tercero. Actividades subvencionables.
1. De acuerdo con el artículo 4 de las bases reguladoras, se podrán conceder
subvenciones para la ejecución de los siguientes planes de formación en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Andalucía:
a) Planes de formación integrados por actividades formativas dirigidas a la
capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social de
la Comunidad Autónoma de Andalucía y la negociación colectiva, promovidos por las
organizaciones sindicales o empresariales. Las actividades formativas podrán ser:
1.º Acciones formativas cuyo contenido esté relacionado con el diálogo social y la
negociación colectiva.
2.º Jornadas, seminarios y ciclos de conferencias, cuyo contenido verse sobre las
funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva.
3.º Encuentros internacionales que cuenten con expertos de otras nacionalidades
para tener un intercambio de información sobre el diálogo social y la negociación colectiva
en distintos países.
4.º Paneles, foros y talleres de expertos que compartan información sobre buenas
prácticas en diálogo social y negociación colectiva de los distintos sectores.
b) Planes de formación integrados por actividades formativas dirigidas a la capacitación
para el desarrollo de las funciones relacionadas con la negociación colectiva, promovidos
por las organizaciones sindicales o asociaciones empresariales de ámbito andaluz. Las
actividades formativas podrán ser:
1.º Acciones formativas cuyo contenido esté relacionado con la negociación colectiva.
2.º Jornadas, seminarios y ciclos de conferencias, cuyo contenido verse sobre las
funciones relacionadas con la negociación colectiva.
3.º Encuentros internacionales que cuenten con expertos de otras nacionalidades para
tener un intercambio de información sobre la negociación colectiva en distintos países.
4.º Paneles, foros y talleres de expertos que compartan información sobre buenas
prácticas en negociación colectiva de los distintos sectores.
2. Las actividades formativas, tales como acciones formativas, jornadas, seminarios,
talleres u otras similares, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.3 de las
bases reguladoras, podrán impartirse en modalidad presencial mediante aula física o
virtual, en modalidad teleformación o en modalidad mixta de las anteriores.
Las acciones formativas en modalidad presencial o la parte presencial de la modalidad
mixta, se podrán impartir, en todo o en parte, mediante aula virtual que posibilite la
participación simultánea en la actividad formativa de personas usuarias ubicadas tanto
dentro como fuera del aula. Considerándose este supuesto, en todo caso, impartición de
actividad formativa en modalidad presencial.

Quinto. Presupuesto para la financiación de los planes de formación.
1. Los planes de formación se financiarán con cargo a la partida presupuestaria y con
los importes que se detallan a continuación:
Anualidad
2023

Total crédito presupuestario
1.755.169,00 euros

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

Partida presupuestaria
1200180000/G/32D/48302/00 S0534

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00283460

Cuarto. Entidades beneficiarias.
Podrán participar en la presente convocatoria y resultar beneficiarias de las
subvenciones, las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales previstas en
el artículo 5 de las bases reguladoras, con las limitaciones recogidas en dicho precepto.