Autoridades y personal. . (2023/89-38)
Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir, por turno libre y sistema de concurso-oposición, una plaza de Técnico Auxiliar de Laboratorio, mediante contrato temporal de relevo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 89 - Viernes, 12 de mayo de 2023

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9. Resultados.
9.1. Tras la realización de cada ejercicio, el Tribunal hará público en la página web del
Área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas) el acuerdo con la relación
provisional de calificaciones. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación
en el plazo de cinco días hábiles, a través del Registro Electrónico de la Universidad
de Cádiz o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que
serán resueltas por el tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse
reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
9.2. Una vez finalizada la fase de oposición, el tribunal hará público el acuerdo con el
listado provisional de valoración de la fase de concurso de aquellos aspirantes que hayan
superado aquélla pudiendo publicarse simultáneamente a la del resultado del último
ejercicio de la fase de oposición. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación
en el plazo de cinco días hábiles, en la forma establecida en el apartado 9.1, que
serán resueltas por el tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse
reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
9.3. Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público
el acuerdo por el que se publica el listado del aspirante que ha superado el proceso
selectivo.
9.4. Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los acuerdos
definitivos del Tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá interponer
recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

11. Protección de datos y tratamiento de datos de carácter personal.
11.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general
de protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos que la Universidad de
Cádiz es la responsable del tratamiento de los datos, pudiendo contactar con el Delegado
de Protección de Datos, en la siguiente dirección de correo electrónico: dpd@uca.es.
11.2. La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión de la
presente convocatoria. Asimismo, se hace constar que la Universidad de Cádiz no cederá
o comunicará sus datos personales, salvo en los supuestos legalmente previstos o cuando
fuere necesario para la prestación del servicio, y que los datos serán conservados aún
después de que hubiera cesado la relación con la Universidad de Cádiz, durante el tiempo
que puedan ser requeridos por control o fiscalización de la entidad pública competente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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10. Bolsa de trabajo.
10.1. Según establece el apartado 1 del artículo 27 del Reglamento de Selección,
Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad
de Cádiz, como consecuencia de la resolución del presente proceso selectivo, se
elaborará una bolsa de trabajo de la categoría de Técnico Auxiliar de Laboratorio tipo CDpto. de Ciencias de los Materiales e Ingeniería Metalúrgica y Química Inorgánica.
10.2. Para formar parte de la bolsa de trabajo será necesario haber superado al
menos la mitad de los ejercicios de la fase de oposición. Según establece el apartado 2
del artículo 29 del citado Reglamento, se tendrá en cuenta los ejercicios superados, así
como la puntuación de la fase de concurso.
10.3. La vigencia de la bolsa de trabajo será de cinco años, excepto que durante ese
período se creen nuevas bolsas como consecuencia de los distintos procesos selectivos
indicados en el apartado 1 del artículo 27 del citado reglamento.