Autoridades y personal. . (2023/89-43)
Resolución de 26 de abril de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la plantilla de personal laboral de esta universidad, en categorías profesionales correspondientes a los Grupos I, II, III y IV.
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Número 89 - Viernes, 12 de mayo de 2023
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b) Comprobante del abono de los derechos de participación, en el supuesto de no
estar exento del pago de los mismos.
c) Las personas aspirantes con necesidades de adaptación de tiempo y/o medios
para la realización del/de los ejercicio/s, deberán adjuntar Certificado acreditativo de la
condición y grado de discapacidad, expedido por el organismo competente, junto con el
Dictamen Técnico Facultativo en que se fundamente la solicitud de adaptación, conforme
a lo establecido en el apartado 4 de la base tercera de la presente convocatoria.
d) Las personas aspirantes que se encuentren en alguna de las situaciones legalmente
establecidas para tener derecho a la exención del pago de precios públicos, conforme a
lo establecido en el apartado 7 de la base tercera de la presente convocatoria, deberán
adjuntar la correspondiente documentación que acredite encontrarse en tal situación.
e) Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho
a participar deberán presentar copia del documento que acredite su nacionalidad y, en su
caso, de los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a
expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo.
Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está
separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que la persona aspirante
vive a sus expensas o está a su cargo.
3.2. Recepción de solicitudes. La presentación de solicitudes se hará a través
de la sede electrónica de la Universidad de Málaga, sin perjuicio de que, en caso de
imposibilidad técnica o material, se haga por cualquier otro medio de los establecidos
en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales a partir del
siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y se
dirigirán a la Jefatura del Servicio de Personal de Administración y Servicios.
En todo caso, se habrá de hacer referencia al «Código del Proceso Selectivo» en el
que se solicita participar, de los relacionados en el Anexo I.
3.3. Solicitudes presentadas fuera de plazo. La no presentación de solicitud en
plazo, aun justificándose el abono de los derechos de examen, dará lugar a la exclusión
definitiva de la persona solicitante.
3.4. Adaptaciones para personas con discapacidad. Las personas aspirantes con
discapacidad y grado reconocido igual o superior al 33 por 100 que deseen participar
en las pruebas selectivas y requieran la adaptación de tiempo y/o medios para la
realización de alguno de los ejercicios, deberán indicar dicha circunstancia en la solicitud
y acompañar el Certificado acreditativo de tal condición, expedido por el organismo
competente, junto con el correspondiente Dictamen Técnico Facultativo, expresando las
necesidades concretas de adaptación y el ejercicio o ejercicios en que esta adaptación
se requiera, para lo cual se utilizará el recuadro de «Observaciones» de la solicitud.
La adaptación de tiempos, en su caso, se llevará a cabo de conformidad con lo
dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios
generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el
acceso al empleo público de personas con discapacidad.
3.5. Justificación del pago de los derechos de participación. La persona interesada
adjuntará a la solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de
participación, cuando el abono se realice mediante trasferencia. Si el pago se formaliza
en la propia entidad bancaria, en la solicitud deberá figurar necesariamente el sello
acreditativo del pago de estos derechos. La falta de acreditación del pago, por cualquiera
de los medios descritos, determinará la exclusión automática de la persona aspirante.
En ningún caso se dará carácter de solicitud al mero abono este concepto en la
entidad bancaria correspondiente.
3.6. Derechos de participación. Los derechos de participación serán los
correspondientes a cada uno de los grupos objeto de la presente convocatoria, tal
y como se especifican en el Anexo I. Dicha cantidad se ingresará en Unicaja, cuenta
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283390
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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b) Comprobante del abono de los derechos de participación, en el supuesto de no
estar exento del pago de los mismos.
c) Las personas aspirantes con necesidades de adaptación de tiempo y/o medios
para la realización del/de los ejercicio/s, deberán adjuntar Certificado acreditativo de la
condición y grado de discapacidad, expedido por el organismo competente, junto con el
Dictamen Técnico Facultativo en que se fundamente la solicitud de adaptación, conforme
a lo establecido en el apartado 4 de la base tercera de la presente convocatoria.
d) Las personas aspirantes que se encuentren en alguna de las situaciones legalmente
establecidas para tener derecho a la exención del pago de precios públicos, conforme a
lo establecido en el apartado 7 de la base tercera de la presente convocatoria, deberán
adjuntar la correspondiente documentación que acredite encontrarse en tal situación.
e) Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho
a participar deberán presentar copia del documento que acredite su nacionalidad y, en su
caso, de los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a
expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo.
Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está
separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que la persona aspirante
vive a sus expensas o está a su cargo.
3.2. Recepción de solicitudes. La presentación de solicitudes se hará a través
de la sede electrónica de la Universidad de Málaga, sin perjuicio de que, en caso de
imposibilidad técnica o material, se haga por cualquier otro medio de los establecidos
en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales a partir del
siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y se
dirigirán a la Jefatura del Servicio de Personal de Administración y Servicios.
En todo caso, se habrá de hacer referencia al «Código del Proceso Selectivo» en el
que se solicita participar, de los relacionados en el Anexo I.
3.3. Solicitudes presentadas fuera de plazo. La no presentación de solicitud en
plazo, aun justificándose el abono de los derechos de examen, dará lugar a la exclusión
definitiva de la persona solicitante.
3.4. Adaptaciones para personas con discapacidad. Las personas aspirantes con
discapacidad y grado reconocido igual o superior al 33 por 100 que deseen participar
en las pruebas selectivas y requieran la adaptación de tiempo y/o medios para la
realización de alguno de los ejercicios, deberán indicar dicha circunstancia en la solicitud
y acompañar el Certificado acreditativo de tal condición, expedido por el organismo
competente, junto con el correspondiente Dictamen Técnico Facultativo, expresando las
necesidades concretas de adaptación y el ejercicio o ejercicios en que esta adaptación
se requiera, para lo cual se utilizará el recuadro de «Observaciones» de la solicitud.
La adaptación de tiempos, en su caso, se llevará a cabo de conformidad con lo
dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios
generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el
acceso al empleo público de personas con discapacidad.
3.5. Justificación del pago de los derechos de participación. La persona interesada
adjuntará a la solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de
participación, cuando el abono se realice mediante trasferencia. Si el pago se formaliza
en la propia entidad bancaria, en la solicitud deberá figurar necesariamente el sello
acreditativo del pago de estos derechos. La falta de acreditación del pago, por cualquiera
de los medios descritos, determinará la exclusión automática de la persona aspirante.
En ningún caso se dará carácter de solicitud al mero abono este concepto en la
entidad bancaria correspondiente.
3.6. Derechos de participación. Los derechos de participación serán los
correspondientes a cada uno de los grupos objeto de la presente convocatoria, tal
y como se especifican en el Anexo I. Dicha cantidad se ingresará en Unicaja, cuenta
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00283390
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía