3. Otras disposiciones. . (2023/88-92)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delega la competencia para la adjudicación de los contratos basados en el acuerdo marco para el suministro de material de incontinencia y aseo de pacientes.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 88 - Jueves, 11 de mayo de 2023

página 8270/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección Gerencia del Servicio
Andaluz de Salud, por la que se delega la competencia para la adjudicación de
los contratos basados en el acuerdo marco para el suministro de material de
incontinencia y aseo de pacientes.
La Subdirección de Compras y Logística del Servicio Andaluz de Salud propone la
celebración de un acuerdo marco con varias empresas, por el que se fijan las condiciones
para el suministro de material de incontinencia y aseo de pacientes con destino a los
centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.
Al tratarse de productos de uso común para todos los centros y con especificaciones
técnicas comunes a todos ellos, se considera idóneo, a efectos de racionalizar la
contratación de estos bienes por parte del Servicio Andaluz de Salud, la conclusión de un
acuerdo marco puesto que permite armonizar en todos los centros las condiciones de su
adquisición.
De este acuerdo marco derivarán contratos basados en él, que se celebrarán con las
empresas adjudicatarias y los órganos provinciales con competencia delegada en materia
de contratación, para la realización de las adquisiciones de material de incontinencia y
aseo de pacientes.
La competencia en los Servicios Centrales, para la contratación administrativa
tramitada en aplicación de los sistemas de racionalización, tales como el acuerdo marco
con varias empresas, es, de conformidad con la Resolución de 20 de enero de 2022, de
la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan competencias
en diferentes órganos, del Director General de Gestión Económica y Servicios. No
obstante, razones de índole técnica y de eficiencia operativa aconsejan que la ejecución
material del suministro se realice, mediante la adjudicación de los contratos basados en el
acuerdo marco, que llevarán a cabo las personas titulares de las Direcciones Gerencias
de los distintos Hospitales de referencia de cada una de las provincias andaluzas, previa
avocación y delegación de la competencia respectivamente.
Por lo expuesto, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 69 de la Ley 2/1998,
de 15 de junio, de Salud de Andalucía, en relación el Decreto 156/2022, de 9 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, y de
acuerdo con lo previsto en los artículos 101 y 103 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de
la Administración de la Junta de Andalucía,
RESU ELVO

Segundo. Delegar las competencias para la adjudicación de los contratos basados
en el citado acuerdo marco en las personas titulares de las Direcciones Gerencias
de los siguientes Centros Hospitalarios: H. Torrecárdenas de Almería, H. Puerta del
Mar de Cádiz, H.U. Reina Sofía de Córdoba, H.U. Virgen de las Nieves de Granada,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00283303

Primero. Avocar las competencias del Director General de Gestión Económica
y Servicios para la adjudicación de los contratos basados en el acuerdo marco con
varias empresas, por el que se fijan las condiciones para el suministro de material de
incontinencia y aseo de pacientes con destino a los centros sanitarios del Servicio
Andaluz de Salud.