3. Otras disposiciones. . (2023/87-36)
Corrección de errores de la Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se convoca el Programa de Refuerzo Educativo en periodo estival en los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía durante el curso 2022/2023 (BOJA núm. 82, de 3.5.2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 87 - Miércoles, 10 de mayo de 2023

página 8157/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Corrección de errores de la Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección
General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la
que se convoca el Programa de Refuerzo Educativo en periodo estival en los
centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía durante el
curso 2022/2023 (BOJA núm. 82, de 3.5.2023).
Advertido error en la publicación de la Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección
General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se
convoca el Programa de Refuerzo Educativo en periodo estival en los centros docentes
públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía durante el curso 2022/2023, se
procede a efectuar la siguiente corrección:

Debe decir:
Séptimo. Plazos para la solicitud de los centros docentes.
1. Los centros docentes solicitarán el Programa para las dos quincenas de julio a
través del Sistema de Información Séneca del 2 al 10 de mayo. Para formalizar la
solicitud, habrán de incluir las actas de aprobación del Claustro y del Consejo Escolar en
el apartado habilitado para ello.
2. El 12 de mayo, en función de las solicitudes presentadas, teniendo siempre en cuenta
la disponibilidad presupuestaria, y al objeto de garantizar una equilibrada distribución
geográfica, se publicará una primera Resolución provisional de centros solicitantes por
etapa educativa en la página web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional. Asimismo, podrá ser propuesta por parte de la Consejería con competencias
en materia de educación la participación de otros centros docentes en el Programa con el
objeto de garantizar una adecuada atención del alumnado y una distribución geográfica
más equilibrada.
3. Se establecerá un periodo de alegaciones o renuncias del 15 al 19 de mayo a través
del Sistema de Información Séneca, tras el que se publicará una segunda Resolución
provisional de centros solicitantes el 22 de mayo.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00283189

Donde dice:
Séptimo. Plazos para la solicitud de los centros docentes.
1. Los centros docentes solicitarán el Programa para las dos quincenas de julio a
través del Sistema de Información Séneca del 5 al 15 de mayo. Para formalizar la
solicitud, habrán de incluir las actas de aprobación del Claustro y del Consejo Escolar en
el apartado habilitado para ello.
2. El 17 de mayo, en función de las solicitudes presentadas, teniendo siempre en cuenta
la disponibilidad presupuestaria, y al objeto de garantizar una equilibrada distribución
geográfica, se publicará una primera Resolución provisional de centros solicitantes por
etapa educativa en la página web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional. Asimismo, podrá ser propuesta por parte de la Consejería con competencias
en materia de educación la participación de otros centros docentes en el Programa con el
objeto de garantizar una adecuada atención del alumnado y una distribución geográfica
más equilibrada.
3. Se establecerá un periodo de alegaciones o renuncias del 18 al 23 de mayo a través
del Sistema de Información Séneca, tras el que se publicará una segunda Resolución
provisional de centros solicitantes el 25 de mayo.