Autoridades y personal. . (2023/85-39)
Resolución de 26 de abril de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Técnicos/as de Gestión-Servicios Jurídicos de esta Universidad.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 85 - Lunes, 8 de mayo de 2023

página 8002/3

3. Solicitudes.
3.1. Modelo de solicitud. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en solicitud, según modelo disponible para su descarga en la
siguiente dirección: https://www.uma.es/pas/, especificando claramente el código del
proceso selectivo OPA1SEJ23. En el caso de efectuar el abono de los derechos de
examen en sucursal bancaria, este modelo habrá de ser impreso por duplicado.
Cada solicitud deberá ir acompañada necesariamente de la siguiente documentación:
a) Copia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad
Extranjero, en vigor.
b) Comprobante del abono de los derechos de participación, en el supuesto de no
estar exento del pago de los mismos.
c) Las personas aspirantes con necesidades de adaptación de tiempo y/o medios
para la realización del/de los ejercicio/s, deberán adjuntar Certificado acreditativo de la
condición y grado de discapacidad, expedido por el organismo competente, junto con el
Dictamen Técnico Facultativo en que se fundamente la solicitud de adaptación, conforme
a lo establecido en el apartado 4 de la base tercera de la presente convocatoria.
d) Las personas aspirantes que se encuentren en alguna de las situaciones legalmente
establecidas para tener derecho a la exención del pago de precios públicos, conforme a
lo establecido en el apartado 7 de la base tercera de la presente convocatoria, deberán
adjuntar la correspondiente documentación que acredite encontrarse en tal situación.
e) Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho
a participar deberán presentar copia del documento que acredite su nacionalidad y, en su
caso, de los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a
expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo.
Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está
separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a
sus expensas o está a su cargo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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la Unión Europea. También podrán participar el cónyuge, ascendientes y descendientes
del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la
Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o
mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente
de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los
Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.
b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber cumplido la edad de
jubilación.
c) Estar en posesión del Título de Licenciado/a o Graduado/a en Derecho.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión
del documento que acredite su homologación o equivalencia con la titulación española
exigida.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea
incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño
de funciones públicas. En el caso de nacionales de los demás Estamos miembros de
la Unión Europea o nacionales de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida
en el tratado constitutivo de la Unión Europea, no estar sometido a sanción disciplinaria o
condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
2.2. Posesión y mantenimiento de los requisitos. Todos los requisitos deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse
hasta el momento de la toma de posesión.