Autoridades y personal. . (2023/85-34)
Resolución de 2 de mayo de 2023, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se aprueban las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, del proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 85 - Lunes, 8 de mayo de 2023
página 7952/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 2 de mayo de 2023, del Instituto Andaluz de Administración
Pública, por la que se aprueban las listas provisionales de personas admitidas
y excluidas, del proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo de
Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda.
De conformidad con lo establecido en en el apartado 1 de la base quinta de la Resolución
de 15 de marzo de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para el ingreso en el
Cuerpo de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda de la Junta de
Andalucía,
RESU ELV E
Primero. Aprobar las listas provisionales de personas admitidas y excluidas al
proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo de Inspección de Ordenación
del Territorio, Urbanismo y Vivienda (A1.6000). En el caso de las personas aspirantes
excluidas, en las referidas listas se expresan las causas que han motivado su exclusión.
Segundo. Las listas provisionales citadas anteriormente quedarán expuestas
al público en la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública
(www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica).
Tercero. Las personas excluidas por cualquier causa relacionada con el pago de la
tasa, deberán aportar en el plazo establecido en la presente resolución copia del modelo
046 con el que, en su plazo, liquidaron la tasa correspondiente.
Aquellas personas excluidas por la causa «No abona importe completo para su
grupo» podrán subsanarla, abonando la diferencia y adjuntado el modelo 046, dentro del
plazo establecido en esta resolución.
Quinto. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado la exclusión u
omisión de las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez
días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución, para
que aleguen y presenten de forma exclusivamente electrónica la documentación que a
su derecho convenga accediendo a la dirección web del empleado público de Andalucía
(https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico) o, de forma directa, en la dirección
web https://lajunta.es/librealegaciones.
Las personas que dentro del plazo señalado y en la forma descrita no subsanen la
causa de exclusión u omisión, serán definitivamente excluidas de la participación en el
proceso selectivo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00282985
Cuarto. Aquellas personas que hayan sido excluidas por la causa «Solicitud no
ajustada a la base 4.7», podrán subsanar presentando solicitud electrónica conforme al
formulario establecido en la citada base dentro del plazo establecido en esta resolución.
De idéntico modo deberán proceder aquellas personas que, habiendo abonado la
tasa en tiempo y forma, no figuren en los referidos listados.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 85 - Lunes, 8 de mayo de 2023
página 7952/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 2 de mayo de 2023, del Instituto Andaluz de Administración
Pública, por la que se aprueban las listas provisionales de personas admitidas
y excluidas, del proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo de
Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda.
De conformidad con lo establecido en en el apartado 1 de la base quinta de la Resolución
de 15 de marzo de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para el ingreso en el
Cuerpo de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda de la Junta de
Andalucía,
RESU ELV E
Primero. Aprobar las listas provisionales de personas admitidas y excluidas al
proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo de Inspección de Ordenación
del Territorio, Urbanismo y Vivienda (A1.6000). En el caso de las personas aspirantes
excluidas, en las referidas listas se expresan las causas que han motivado su exclusión.
Segundo. Las listas provisionales citadas anteriormente quedarán expuestas
al público en la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública
(www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica).
Tercero. Las personas excluidas por cualquier causa relacionada con el pago de la
tasa, deberán aportar en el plazo establecido en la presente resolución copia del modelo
046 con el que, en su plazo, liquidaron la tasa correspondiente.
Aquellas personas excluidas por la causa «No abona importe completo para su
grupo» podrán subsanarla, abonando la diferencia y adjuntado el modelo 046, dentro del
plazo establecido en esta resolución.
Quinto. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado la exclusión u
omisión de las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez
días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución, para
que aleguen y presenten de forma exclusivamente electrónica la documentación que a
su derecho convenga accediendo a la dirección web del empleado público de Andalucía
(https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico) o, de forma directa, en la dirección
web https://lajunta.es/librealegaciones.
Las personas que dentro del plazo señalado y en la forma descrita no subsanen la
causa de exclusión u omisión, serán definitivamente excluidas de la participación en el
proceso selectivo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00282985
Cuarto. Aquellas personas que hayan sido excluidas por la causa «Solicitud no
ajustada a la base 4.7», podrán subsanar presentando solicitud electrónica conforme al
formulario establecido en la citada base dentro del plazo establecido en esta resolución.
De idéntico modo deberán proceder aquellas personas que, habiendo abonado la
tasa en tiempo y forma, no figuren en los referidos listados.