Disposiciones generales. . (2023/85-1)
Orden de 5 de mayo de 2023, por la que se adoptan medidas excepcionales y temporales en materia de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 85 - Lunes, 8 de mayo de 2023
página 8163/3
Segundo. Ámbito territorial de aplicación.
La suspensión temporal de los efectos y del plazo de presentación de las solicitudes
de autorización y comunicaciones, así como del empleo del fuego se extiende a los
terrenos forestales y a las zonas de influencia forestal de todo el territorio de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Tercero. Ámbito temporal de las medidas de suspensión.
La suspensión temporal dictada en la presente orden se extenderá hasta la
finalización de la época de peligro alto de incendios forestales, fijado en el Plan INFOCA
para las 23:59 horas del día 15 de octubre.
Cuarto. Publicación.
La presente orden se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de
conformidad con el artículo 48.7 de la Ley de Montes. Asimismo, se notificará de forma
inmediata a las autoridades locales y se informará al conjunto de la población afectada de
la adopción de estas medidas, a través de los medios que garanticen su máxima difusión.
Quinto. Efectos.
Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOJA.
Sevilla, 5 de mayo de 2023
ANTONIO SANZ CABELLO
00283197
Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social
y Simplificación Administrativa
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 85 - Lunes, 8 de mayo de 2023
página 8163/3
Segundo. Ámbito territorial de aplicación.
La suspensión temporal de los efectos y del plazo de presentación de las solicitudes
de autorización y comunicaciones, así como del empleo del fuego se extiende a los
terrenos forestales y a las zonas de influencia forestal de todo el territorio de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Tercero. Ámbito temporal de las medidas de suspensión.
La suspensión temporal dictada en la presente orden se extenderá hasta la
finalización de la época de peligro alto de incendios forestales, fijado en el Plan INFOCA
para las 23:59 horas del día 15 de octubre.
Cuarto. Publicación.
La presente orden se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de
conformidad con el artículo 48.7 de la Ley de Montes. Asimismo, se notificará de forma
inmediata a las autoridades locales y se informará al conjunto de la población afectada de
la adopción de estas medidas, a través de los medios que garanticen su máxima difusión.
Quinto. Efectos.
Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOJA.
Sevilla, 5 de mayo de 2023
ANTONIO SANZ CABELLO
00283197
Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social
y Simplificación Administrativa
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja