Disposiciones generales. . (2023/85-7)
Orden de 21 de abril de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la creación de Unidades Activas de Ejercicio Físico o denominación equivalente (UAEF,s), dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 85 - Lunes, 8 de mayo de 2023
página 7980/24
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Solicitadas
Fecha / Año Administración / Ente público o privado, nacional o internacional Importe/Concepto
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Concedidas
Fecha / Año Administración / Ente público o privado, nacional o internacional Importe/Concepto
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- Que no tiene subvenciones pendientes de obligaciones de reintegro.
- Que conoce que el incentivo que se solicita es financiado con fondos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
dentro del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia del Fondo de Recuperación NextGenerationUE.
- Que conoce las condiciones que han de cumplirse para poder acceder a la financiación con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, dentro del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia del Fondo de Recuperación NextGenerationUE, de conformidad con lo
dispuesto en el Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
- Que conoce las condiciones establecidas en las bases reguladoras y específicamente las exigidas por la participación de los fondos con cargo
al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la financiación de la actuación para el proyecto que se solicita el incentivo, que se
refieren a los siguientes aspectos: Normativa general, financiación de los incentivos, compatibilidad con otras ayudas, requisitos de los
proyectos incentivables, conceptos de inversión o gasto objeto de incentivo, resolución y publicación de los incentivos, obligaciones, forma de
justificación y obligaciones de las personas o entidades beneficiarias acerca de información y publicidad.
- Que dispone de la suficiente capacidad para cumplir las condiciones específicas de la concesión de los incentivos incluidas en las bases
reguladoras y en la convocatoria.
- Que dispone de suficiente capacidad para cumplir las condiciones de financiación de la operación, así como para conservar los originales de
las facturas y demás soportes justificativos de los gastos imputados, incluidos los documentos electrónicos, así como los correspondientes
justificantes de pago, de manera que garanticen la regularidad del gasto, la realidad de los pagos y su adecuación a las condiciones previstas
para la concesión de los incentivos, así como una pista de auditoría adecuada, para su puesta a disposición de los órganos administrativos, de
gestión y de control, para el caso de que sean requeridos, de acuerdo a lo establecido en las bases reguladoras, la convocatoria y la normativa
de aplicación a los fondos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Que dispone de suficiente capacidad para la ejecución de la actuación para la que solicita incentivo con las condiciones y requisitos
establecidos en las bases reguladoras y en la convocatoria del incentivo.
- Que conoce que para que la actuación sea incentivable, el beneficiario debe percibir los bienes, servicios y productos incentivados y que el
gasto declarado en su momento, en relación con los mismos, ha debido ser pagado, cumpliendo con la legislación aplicable.
- Que garantiza que, con excepción de las personas físicas que no desarrollen actividades económicas por las que ofrezcan bienes y/o servicios
en el mercado, utilizan un sistema de contabilidad diferenciado o un código contable adecuado para las transacciones relacionadas con la
operación, sin perjuicio de las normas de contabilidad nacional. Este sistema permite identificar claramente cada una de las transacciones
relacionadas con la actuación para la que se solicita el incentivo. En los casos en los que el solicitante, por su naturaleza, no esté obligado a
llevar contabilidad, la identificación de las transacciones queda reflejada en los correspondientes libros de registro de la actividad empresarial.
En cualquier caso, el sistema contable utilizado permitirá identificar todos los gastos asociados a la actuación objeto del incentivo.
- Declara conocer los límites, condiciones e intensidades de ayuda establecidos por la normativa europea de ayudas estado y en particular lo
dispuesto en el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, y, en su caso, lo dispuesto en el Reglamento (UE) nº
1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013.
Asimismo, la persona o entidad solicitante da su expreso consentimiento para que los datos facilitados sean usados para el seguimiento y la
evaluación de las actuaciones cofinanciadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero, y en las bases reguladoras.
00283006
Igualmente, la persona o entidad solicitante acepta, para el supuesto de ser beneficiaria, a ser incluida en la lista de operaciones publicada de
conformidad con lo previsto en el artículo 115.2 del Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de
diciembre de 2013, o norma que lo sustituya.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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- Que no tiene subvenciones pendientes de obligaciones de reintegro.
- Que conoce que el incentivo que se solicita es financiado con fondos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
dentro del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia del Fondo de Recuperación NextGenerationUE.
- Que conoce las condiciones que han de cumplirse para poder acceder a la financiación con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, dentro del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia del Fondo de Recuperación NextGenerationUE, de conformidad con lo
dispuesto en el Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
- Que conoce las condiciones establecidas en las bases reguladoras y específicamente las exigidas por la participación de los fondos con cargo
al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la financiación de la actuación para el proyecto que se solicita el incentivo, que se
refieren a los siguientes aspectos: Normativa general, financiación de los incentivos, compatibilidad con otras ayudas, requisitos de los
proyectos incentivables, conceptos de inversión o gasto objeto de incentivo, resolución y publicación de los incentivos, obligaciones, forma de
justificación y obligaciones de las personas o entidades beneficiarias acerca de información y publicidad.
- Que dispone de la suficiente capacidad para cumplir las condiciones específicas de la concesión de los incentivos incluidas en las bases
reguladoras y en la convocatoria.
- Que dispone de suficiente capacidad para cumplir las condiciones de financiación de la operación, así como para conservar los originales de
las facturas y demás soportes justificativos de los gastos imputados, incluidos los documentos electrónicos, así como los correspondientes
justificantes de pago, de manera que garanticen la regularidad del gasto, la realidad de los pagos y su adecuación a las condiciones previstas
para la concesión de los incentivos, así como una pista de auditoría adecuada, para su puesta a disposición de los órganos administrativos, de
gestión y de control, para el caso de que sean requeridos, de acuerdo a lo establecido en las bases reguladoras, la convocatoria y la normativa
de aplicación a los fondos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Que dispone de suficiente capacidad para la ejecución de la actuación para la que solicita incentivo con las condiciones y requisitos
establecidos en las bases reguladoras y en la convocatoria del incentivo.
- Que conoce que para que la actuación sea incentivable, el beneficiario debe percibir los bienes, servicios y productos incentivados y que el
gasto declarado en su momento, en relación con los mismos, ha debido ser pagado, cumpliendo con la legislación aplicable.
- Que garantiza que, con excepción de las personas físicas que no desarrollen actividades económicas por las que ofrezcan bienes y/o servicios
en el mercado, utilizan un sistema de contabilidad diferenciado o un código contable adecuado para las transacciones relacionadas con la
operación, sin perjuicio de las normas de contabilidad nacional. Este sistema permite identificar claramente cada una de las transacciones
relacionadas con la actuación para la que se solicita el incentivo. En los casos en los que el solicitante, por su naturaleza, no esté obligado a
llevar contabilidad, la identificación de las transacciones queda reflejada en los correspondientes libros de registro de la actividad empresarial.
En cualquier caso, el sistema contable utilizado permitirá identificar todos los gastos asociados a la actuación objeto del incentivo.
- Declara conocer los límites, condiciones e intensidades de ayuda establecidos por la normativa europea de ayudas estado y en particular lo
dispuesto en el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, y, en su caso, lo dispuesto en el Reglamento (UE) nº
1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013.
Asimismo, la persona o entidad solicitante da su expreso consentimiento para que los datos facilitados sean usados para el seguimiento y la
evaluación de las actuaciones cofinanciadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero, y en las bases reguladoras.
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Igualmente, la persona o entidad solicitante acepta, para el supuesto de ser beneficiaria, a ser incluida en la lista de operaciones publicada de
conformidad con lo previsto en el artículo 115.2 del Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de
diciembre de 2013, o norma que lo sustituya.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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