3. Otras disposiciones. . (2023/84-67)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Málaga, por la que se otorga autorización administrativa previa al proyecto de la planta solar fotovoltaica en el término municipal de Teba (Málaga). (PP. 1687/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 84 - Viernes, 5 de mayo de 2023

página 7398/5

otorga la autorización ambiental unificada a Celeno Solar, S.L., para el proyecto de la
planta solar fotovoltaica «Celeno Solar», en el término municipal de Teba (AAU/MA/38/20),
de fecha 25.1.2023, cuyo contenido íntegro se puede consultar de forma pública en la
página web de la Consejería competente en materia de medio ambiente, en el siguiente
enlace:
http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/initAoVAauoSearch.do
- La caducidad de la autorización ambiental unificada de la instalación será condición
suficiente para la revocación de esta autorización, por incumplimiento de las condiciones
y requisitos establecidos en la misma.
Tercero. Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas
a esta Delegación Territorial y sin perjuicio e independientemente de las demás
autorizaciones, permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de
otros organismos y Administraciones conforme a la legislación general y sectorial, cuyos
condicionantes habrán de respetarse; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de
terceros.
Cuarto. Esta resolución deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, y será notificada a Celeno
Solar, S.L., y a todas las Administraciones, organismos públicos y empresas de servicio
público o de servicios de interés general que hayan intervenido en el expediente.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recuso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria, Energía y
Minas, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente al de su publicación,
sin perjuicio de la notificación a los interesados en el procedimiento, de conformidad con
lo establecido en los artículos 40, 45, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el
artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía.
Asimismo, se advierte que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 32.7 del Decreto
356/2010, de 3 de agosto, la persona promotora podrá oponerse al informe vinculante
emitido por el órgano ambiental competente mediante la interposición de este recurso.
Málaga, 20 de abril de 2023.- El Delegado, Carlos García Giménez.
ANEXO I

Primera. Respecto al fraude de ley en la solicitud y tramitación de las autorizaciones
interesadas (fraccionamiento de los proyectos y falta de competencia de la Junta de
Andalucía).
En relación a lo expuesto en la alegación sobre que las plantas solares denominadas
Celeno Solar y Deneb Solar (cada una de ellas con una potencia de 43,98 MWp) han
constituido dos mercantiles distintas, una para cada proyecto, para no superar los 50 MW
de potencia, y que realmente existe una misma unidad administrativa, titular y promotora
de ambas plantas solares, de forma que la empresa peticionaria ha instado de manera
artificiosa e indebida el proyecto en cuestión, fragmentándolo en diferentes subproyectos
de potencia instalada inferior a 50 MW, para obviar la limitación competencial (corresponde
a la Administración General del Estado la competencia para autorizar las instalaciones de
producción de energía eléctrica de potencia superior a 50 MW) y forzar a que sea la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282433

Análisis de las alegaciones no ambientales formuladas en el periodo de información
pública para la planta solar fotovoltaica «Celeno Solar».