3. Otras disposiciones. . (2023/84-66)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Málaga, por la que se otorga autorización administrativa previa al proyecto de la planta solar fotovoltaica en el término municipal de Teba (Málaga). (PP. 1684/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 84 - Viernes, 5 de mayo de 2023

página 7395/7

eléctricas de las estaciones de recarga de vehículos eléctricos de potencia superior a
250 kW, que excedan del ámbito territorial de una Comunidad Autónoma, así como las
líneas directas conectadas a instalaciones de generación de competencia estatal.
c) Instalaciones de producción ubicadas en el mar territorial.
d) Instalaciones de producción de potencia eléctrica instalada superior a 50 MW
eléctricos ubicadas en los territorios no peninsulares, cuando sus sistemas eléctricos
estén efectivamente integrados con el sistema peninsular, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 25.2.
El artículo 49.1. de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto
de Autonomía para Andalucía establece que corresponde a la Comunidad Autónoma de
Andalucía la competencia compartida sobre las siguientes materias:
a) Instalaciones de producción, distribución y transporte de energía, cuando este
transporte transcurra íntegramente por el territorio de Andalucía y su aprovechamiento
no afecte a otro territorio, sin perjuicio de sus competencias generales sobre industria.
Asimismo le corresponde el otorgamiento de autorización de estas instalaciones.
Por lo tanto, de acuerdo con la distribución competencial vigente, las instalaciones
energéticas que son competencia de esta Comunidad Autónoma de Andalucía son
aquellas instalaciones de producción de energía eléctrica, incluyendo sus infraestructuras
de evacuación, de potencia eléctrica instalada igual o inferior a 50 MW, siempre y cuando
todas ellas se localicen o su trazado discurra por territorio andaluz y su aprovechamiento
no afecte a otro territorio.
Esta Delegación Territorial es competente para la tramitación y resolución de los
procedimientos de otorgamiento de las autorizaciones administrativas reguladas en el
artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en relación con
las instalaciones eléctricas y sus modificaciones cuya competencia corresponda a la
Comunidad Autónoma de Andalucía, siempre y cuando se ubiquen o su trazado discurra
íntegramente por el territorio de la provincia de Málaga, en virtud de lo previsto en la
Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se
delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales
en materia en materia de energía.
Teniendo en cuenta que la instalación objeto del expediente CG-882 es una
instalación de producción de energía eléctrica de potencia inferior a 50 MW y que
está ubicada íntegramente en la provincia de Málaga, corresponde a esta Delegación
Territorial otorgar la autorización administrativa previa a la misma.

00282430

Tercera. Acuerdo para el uso de las instalaciones de C.B. Promotores Zede Tajo.
En relación a lo expuesto por C.B. Promotores Zede Tajo que comunica que no se
ha llegado a ningún acuerdo entre dicha comunidad de bienes y la sociedad titular de la
planta fotovoltaica para el uso de las instalaciones de la primera y que en caso de que
este acuerdo llegue a su consecución y sea necesario realizar cualquier modificación de
las actuales instalaciones de la C.B., la tramitación/autorización de estas modificaciones
no se podrá llevar a cabo sin el consentimiento previo de ésta, se informa que con
fecha 18.4.2023 se aporta acuerdo entre la sociedad titular de la planta fotovoltaica y
C.B. Promotores Zede Tajo, en relación con el uso compartido de las infraestructuras de
evacuación.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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