3. Otras disposiciones. . (2023/84-66)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Málaga, por la que se otorga autorización administrativa previa al proyecto de la planta solar fotovoltaica en el término municipal de Teba (Málaga). (PP. 1684/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 84 - Viernes, 5 de mayo de 2023

página 7395/2

Administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés
general afectados por la instalación:
- Ayuntamiento de Teba.
- Diputación Provincial de Málaga.
- Empresa Nacional del Gas (Enagás).
- Red Eléctrica de España (REE).
- Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).
Transcurridos los plazos indicados en el citado artículo, las Administraciones,
organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas en
sus bienes y derechos han dado su conformidad de forma expresa o no han contestado,
por lo que se entiende la conformidad de las mismas con la autorización de la instalación.
Cuarto. Con fecha 5.4.2021 se remite al órgano ambiental (Delegación Territorial de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible) solicitud de autorización ambiental
unificada y la documentación de carácter ambiental de la planta generadora, así como
el proyecto de la instalación, al objeto de que indique la necesidad de subsanación en
cuanto a su contenido, así como el alcance de la información pública.
Quinto. Con fecha 15.10.2021 se recibe el informe mediante el cual la Delegación
Territorial de Desarrollo Sostenible en Málaga, en el que una vez efectuadas las consultas
a los efectos previstos en el artículo 20 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, comunica
el alcance del anuncio en BOJA para el trámite conjunto de información pública del
expediente de autorización ambiental unificada con número AAU/MA/41/21.

Séptimo. Con fecha 14.11.2021, Red Eléctrica de España, S.A.U., concedió el permiso
de conexión a la instalación en la subestación Tajo de la Encantada 220 kV.
La subestación Celeno se está tramitando en el expediente AT-16882. Desde aquí
hasta la subestación Tajo de la Encantada 220 kV empleará infraestructura existente.
Octavo. Con fecha 25.1.2023, la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul en Málaga, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30 del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282430

Sexto. Con fecha 29.12.2021 se inserta anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de
Málaga (BOP número 247) y con fecha 10.1.2022 se inserta anuncio en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía (BOJA número 5), a efectos de someter a información pública
la solicitud de autorización administrativa previa y de autorización ambiental unificada
durante un plazo de treinta días, de conformidad con el artículo 125 del Real Decreto
1955/2000, de 1 de diciembre, y artículo 32 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, y ha
sido expuesto en el tablón de anuncios del ayuntamiento de Teba, conforme artículo 9.4
de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, así como en el portal de
Transparencia de la Junta de Andalucía.
Finalizado el periodo de información pública, se han presentado alegaciones a la
misma formuladas por:
- Asociación Silvema Serranía de Ronda - Ecologistas en acción.
- C.B. Promotores Zede Tajo.
Las alegaciones de carácter ambiental, así como la respuesta del promotor a las
mismas (presentada con fecha 11.4.2022) han sido tenidos en cuenta en la evaluación
ambiental del proyecto y en el informe vinculante del órgano ambiental (Delegación
Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Málaga), cuyo contenido
íntegro se puede consultar en la siguiente dirección web:
http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/initAoVAauoSearch.do
Las alegaciones de carácter técnico, así como la respuesta del promotor a las mismas
(presentada con fecha 11.4.2022), han sido tenidas en cuenta para la emisión de esta
resolución, analizándose en el Anexo I del presente documento.