Disposiciones generales. . (2023/84-4)
Acuerdo de 2 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Acuerdo de 1 de junio de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la Estrategia para una Minería Sostenible en Andalucía 2030 (EMSA 2030).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 84 - Viernes, 5 de mayo de 2023

página 7882/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
Acuerdo de 2 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se
modifica el Acuerdo de 1 de junio de 2021, del Consejo de Gobierno, por el
que se aprueba la formulación de la Estrategia para una Minería Sostenible en
Andalucía 2030 (EMSA 2030).
Con fecha 1 de junio de 2021, el Consejo de Gobierno aprobó, mediante Acuerdo, la
formulación de la Estrategia para una Minería Sostenible en Andalucía 2030 (EMSA
2030). En el mismo se manifiesta de manera indubitable el compromiso del Gobierno de
Andalucía con el desarrollo de una minería innovadora y especialmente respetuosa con
el medio ambiente, en conexión con las nuevas políticas industriales europea y andaluza.
Complementariamente, la formulación de la Estrategia proyecta a este instrumento como
una importante palanca de fomento económico, que busca la sostenibilidad del sector
minero andaluz en sus vertientes ambiental, económica y social, poniendo a las personas
en el centro de la política minera y buscando el mayor valor añadido en el territorio.
La visión de la misma debe ser la de refuerzo del liderazgo de la minería andaluza
en el contexto europeo, consolidando una minería moderna que origine más valor
económico y empleo de calidad en Andalucía mediante la generación de un mayor valor
añadido en el territorio y el desarrollo de su cadena de valor, constituyéndose, por tanto,
en un importante foco de atracción de inversión nacional y extranjera. Asimismo, debe
abogar por la consolidación de un ecosistema de empresas auxiliares fortalecido y por
una minería innovadora, eficiente, circular, de mayor eficiencia energética, electrificada
y con menor huella de carbono, que disponga de las medidas de seguridad más
avanzadas, más integrada en el territorio y valorada positivamente por la población por
su contribución al desarrollo de la región. Con ello, esta herramienta de planificación se
conceptúa como el marco de referencia para el planeamiento de un elemento clave al
servicio de la transición ecológica y digital que afronta Europa.
En estas condiciones, la Estrategia debe responder, en el momento presente, a la
necesidad de establecer unas directrices generales para la orientación del sector en
Andalucía y las actuaciones de su Administración, reservando el despliegue de sus líneas
de actuación para el ámbito de la formulación detallada de un conjunto de planes de
actuación que la desarrollen y permitan su adaptación dinámica al cambiante escenario
socioeconómico actual.
Resulta pertinente, por tanto, efectuar una reformulación del alcance de la misma
que permita sustanciar sus contenidos en el contexto del escenario expuesto a la par que
precisar con detalle los mecanismos de elaboración y desarrollo más adecuados para la
consecución de dicha finalidad.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.12 de la Ley 6/2006, de
24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del
titular de la Consejería de Industria, Energía y Minas, y previa deliberación del Consejo
de Gobierno, en su reunión del día 2 de mayo de 2023, se adopta el siguiente

Primero. Modificación del punto primero del Acuerdo de fecha 1 de junio de 2021.
El punto primero.2 queda redactado en los siguientes términos:
2. Los planes de actuación que se formulen para el desarrollo de los ejes y las líneas
de actuación de la Estrategia deberán someterse al procedimiento establecido en el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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ACUERDO