3. Otras disposiciones. . (2023/83-47)
Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Salud y Consumo en Córdoba, por la que se publica el Convenio entre la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba sobre encomienda de gestión de actividades relacionadas con la tramitación de procedimientos sancionadores en materia de salud pública.
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Número 83 - Jueves, 4 de mayo de 2023

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circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
General de Protección de Datos), en adelante RGPD, y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
2. Los tratamientos de datos anteriores a la cesión son responsabilidad del
Ayuntamiento, cedente de la información, y los tratamientos posteriores son
responsabilidad de la Delegación Territorial competente en materia de salud en Córdoba,
cesionaria de la información.
En este sentido, el responsable del tratamiento a efectos del RGPD es la persona
titular de la Alcaldía del municipio encomendante. La persona titular de la Delegación
Territorial competente en materia de salud en Córdoba tendrá la consideración de
encargado del tratamiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 11.2 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre.
3. La Delegación Territorial en Córdoba, como encargada del tratamiento, asume las
siguientes obligaciones:
a) Tratará los datos personales únicamente siguiendo instrucciones documentadas
del responsable, inclusive con respecto a las transferencias de datos personales a un
tercer país o una organización internacional, salvo que esté obligado a ello en virtud del
Derecho de la Unión o de los Estados miembros que se aplique al encargado; en tal caso,
el encargado informará al responsable de esa exigencia legal previa al tratamiento, salvo
que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público.
b) No utilizará ni aplicará los datos personales con una finalidad distinta a la ejecución
del presente convenio.
c) Garantizará que las personas autorizadas para tratar datos personales se hayan
comprometido a respetar la confidencialidad o estén sujetas a una obligación de
confidencialidad de naturaleza legal.
d) Tratará los datos personales de conformidad con los criterios de seguridad y el
contenido previsto en el artículo 32 del RGPD, así como observar y adoptar las medidas
técnicas y organizativas de seguridad necesarias o convenientes para asegurar la
confidencialidad, secreto e integridad de los Datos Personales a los que tenga acceso.
En particular, y sin carácter limitativo, se obliga a aplicar las medidas de protección del
nivel de riesgo y seguridad correspondiente de las que debe informar convenientemente
y mantener a disposición del responsable dicha documentación acreditativa
e) Respetará las condiciones indicadas en el artículo 28.2 y 4, del RGPD, para recurrir
a otro encargado del tratamiento.
f) Asistirá al responsable, teniendo cuenta la naturaleza del tratamiento, a través de
medidas técnicas y organizativas apropiadas, siempre que sea posible, para que este
pueda cumplir con su obligación de responder a las solicitudes que tengan por objeto el
ejercicio de los derechos de las personas interesadas establecidos en el Capítulo III del
RGPD.
g) Ayudará al responsable a garantizar el cumplimiento de las obligaciones
establecidas en los artículos 32 a 36 del RGPD, teniendo en cuenta la naturaleza del
tratamiento y la información a disposición del encargado.
h) A elección del responsable, suprimirá o devolverá todos los datos personales una
vez finalice la prestación de los servicios de tratamiento, y suprimirá las copias existentes
a menos que se requiera la conservación de los datos personales en virtud del Derecho
de la Unión o de los Estados miembros.
Dicha devolución se realizará en el plazo que se determine entre ambas partes.
i) Pondrá a disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar
el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente cláusula, así como para
permitir y contribuir a la realización de auditorías, incluidas inspecciones, por parte del
responsable o de otro auditor autorizado por dicho responsable.
j) De conformidad con el artículo 33 RGPD, comunicará al responsable, de forma
inmediata y a más tardar en el plazo de72 horas, cualquier violación de la seguridad
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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