Autoridades y personal. . (2023/83-36)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de Catedráticos de Universidad.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Jueves, 4 de mayo de 2023

página 7794/2

3. Solicitudes.
3.1. Quienes deseen tomar parte en el concurso de acceso, lo solicitarán al Rector
de la Universidad de Cádiz, mediante solicitud debidamente cumplimentada, según
Anexo III que se acompaña a la presente convocatoria, en el plazo de quince días
hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el
Boletín Oficial de Estado y podrán presentarse en el Registro General de la Universidad
de Cádiz (Paseo Carlos III, 9, Edificio Cultural «Reina Sofía», 11003 Cádiz), así como en
las Oficinas de los Registros Auxiliares de los Campus de Puerto Real (Edificio junto a
F. Ciencias de la Educación), Jerez de la Frontera (Edificio Servicios Comunes), Bahía
de Algeciras (Administración de Campus–Escuela Técnica Superior de Ingeniería de
Algeciras, 1.ª planta), y Cádiz (Edificio Hospital Real, Plaza Falla, núm. 8, 11003 Cádiz),
de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento UCA/CG01/2007, de 20 de diciembre
de 2006, o por cualquiera de los procedimientos establecidos o por cualquiera de los
procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que se presenten
a través de las oficinas de correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas
y selladas antes de su certificación. Las solicitudes suscritas por los españoles en el
extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las
remitirán seguidamente a la Universidad de Cádiz.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad
de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público. Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará
sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normas de desarrollo en materia
de incompatibilidades.
e) Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un
conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones.
f) Los nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán estar en posesión
del permiso de residencia.
2.2. Requisitos específicos.
Podrán concurrir quienes hayan desempeñado al menos dos años de servicios en
alguno de los siguientes Cuerpos o Escalas:
a) Cuerpo de Catedráticos de Universidad de las distintas Universidades del territorio
nacional.
b) Escala de Profesores de Investigación de Organismos Públicos de Investigación y
de Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación del área de conocimiento
al que corresponda la vacante, que dispongan de acreditación para Catedráticos de
Universidad.
Todos los requisitos establecidos en el punto 2 de las presentes bases deberán
cumplirse a fecha fin del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el
momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.