3. Otras disposiciones. . (2023/82-38)
Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección Gerencia, por la que se modifica y amplía la Resolución de 23 de septiembre de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 82 - Miércoles, 3 de mayo de 2023

página 7649/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección Gerencia, por la que se
modifica y amplía la Resolución de 23 de septiembre de 2022, de la Dirección
Gerencia del Servicio Andaluz de Salud.
El artículo 73.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, dispone
que «las Administraciones Públicas podrán asignar a su personal funciones, tareas o
responsabilidades distintas a las correspondientes al puesto de trabajo que desempeñen
siempre que resulten adecuadas a su clasificación, grado o categoría, cuando las
necesidades del servicio lo justifiquen sin merma en las retribuciones».
Asimismo, el artículo 39.2 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco
del personal estatutario de los servicios de salud, establece que «el personal estatutario
podrá ser destinado en comisión de servicios, con carácter temporal, al desempeño de
funciones especiales no adscritas a una determinada plaza o puesto de trabajo. En este
supuesto, el interesado percibirá las retribuciones de su plaza o puesto de origen».
Con fecha 23 de septiembre de 2022,se dictó resolución de la Dirección Gerencia
del Servicio Andaluz de Salud por la que se encomendaban a don Alfonso García Rosa
funciones de coordinación de la accesibilidad en la actividad sanitaria concertada del
Servicio Andaluz de Salud, así como la implementación de nuevas tecnologías sanitarias.
En base a las competencias otorgadas por el artículo 12.1.b), c), d), e), y f), del
Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Salud y Consumo,
RESU ELVO
Primero. Las Subdirecciones mencionadas en el apartado primero de la Resolución
de 23 de septiembre, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, darán cuenta
directamente ante la Dirección Gerencia a través del Coordinador de la accesibilidad en
la actividad sanitaria concertada e implementación de nuevas tecnologías sanitarias del
Servicio Andaluz de Salud que pasa a denominarse Coordinador Adjunto a la Dirección
Gerencia.

Tercero. La Asesoría Jurídica del Servicio Andaluz de Salud depende de la Dirección
Gerencia. Del desempeño de sus funciones, ejercicio y resultados dará cuenta a la
Dirección Gerencia a través del Coordinador Adjunto a la Dirección Gerencia.
La presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida
potestativamente en reposición ante el titular de la Dirección Gerencia del Servicio
Andaluz de Salud, en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente, a elección
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282684

Segundo. Se asumirán directamente desde la Dirección Gerencia a través de su
Coordinador Adjunto las competencias que hasta ahora desempeñaba la Subdirección
de Ordenación y Organización, excepción hecha de la Unidad de Gestión de Informes
que dependerá de la Dirección General de Humanización, Planificación, Coordinación y
Cuidados, quedando el resto de unidades (Servicio de Riesgos Patrimoniales, Servicio
de Organización y Administración Interior, Unidad Antifraude y Unidad de Producción
Normativa) adscritas al Coordinador Adjunto a la Dirección Gerencia.