Autoridades y personal. . (2023/82-25)
Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan plazas para que las personas seleccionadas realicen petición de destino y aporten la documentación preceptiva en relación al proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso, en la categoría profesional Oficial Primera de Oficios, correspondiente al Grupo III, para las plazas vinculadas a Ofertas de Empleo Público de estabilización del empleo temporal 2017/2019, convocado por Resolución de 11 de diciembre de 2020.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 82 - Miércoles, 3 de mayo de 2023
página 7660/2
Tercero. 1. En los términos expresados en el apartado primero, las personas
aspirantes seleccionadas cumplimentarán a través de la web de
Emplead@ (https://ws45.juntadeandalucia.es/empleadopublico)
modelo formulario de petición de destinos, según Anexo I, en el que conforme su
apartado 6 se habrá de formular declaración expresa de no haber sido separado/a
mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni
hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas y no poseer la condición de
personal laboral fijo de la misma categoría profesional a que se aspira ni de desempeñar
ningún puesto en el sector público, ni de realizar actividad privada incompatible o sujeta a
reconocimiento de compatibilidad. Asimismo, al mencionado formulario según exigencias
de la base décima.9 de la Resolución de 11 de diciembre de 2020, se incorporará la
siguiente documentación:
a) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas correspondientes a la categoría profesional concreta, considerándose
validos bien Certificado médico oficial dictado por el Consejo General de la Organización
Médica Colegial y expedido por personal médico colegiado, bien Certificación expedida
por médico/a de familia del Servicio Andaluz de Salud (en el modelo configurado por
el Sistema DIRAYA) o por personal facultativo del Sistema Nacional de Salud que
corresponda a la persona interesada.
Las personas aspirantes que presenten una discapacidad igual o superior al 33%
deberán aportar certificado de los órganos competentes de la Consejería de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad u organismos similares de otras Administraciones
Públicas que acrediten su aptitud para desempeñar las funciones de la plaza que solicite.
En el supuesto de que la persona a contratar se encuentre desempeñando puesto
de trabajo propio de la categoría profesional a la que opta, será suficiente la aportación
de declaración responsable de que se posee la capacidad funcional necesaria para el
desempeño de las tareas propias o habituales de la categoría profesional (Anexo II).
b) En el caso de optar por puestos que en la relación de puestos de trabajo tengan
asignada la característica singular «Contacto Habitual con Menores», habrá de aportarse
Certificación negativa emitida por el Registro Central de delincuentes sexuales de
inexistencia de antecedentes por delitos sexuales. Si no lo aportara, la persona solicitante
deberá prestar su consentimiento para la consulta de sus datos contenidos en el citado
registro, así como presentar declaración responsable de no haber sido condenada por
sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados
en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así
como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del
Código Penal, a los efectos previstos en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de
junio, de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia (Anexo
III).
2. La presentación electrónica se podrá realizar de la siguiente forma:
a) Desde fuera de la red corporativa de la Junta de Andalucía, con certificado digital.
b) Desde dentro de la red corporativa de la Junta de Andalucía, indistintamente con
certificado digital o bien con usuario y clave privada de acceso.
Una vez realizada la presentación telemática, ésta no podrá ser modificada en
ningún caso, sin perjuicio de que pueda presentarse una nueva petición de destino
dentro de plazo, en cuyo caso la primera quedará sin efecto; con la presentación se
generará automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00282696
artículo 10 del Decreto 93/2006, de 22 de mayo, y solamente en el caso de que dichos
aspirantes fueran adjudicatarios de otras vacantes de entre las ofertadas en el turno
libre, podrán ser adjudicadas según el orden obtenido en el proceso, al resto de personal
incluido en la relación definitiva de seleccionados que las hayan solicitado en su petición
de destino.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 82 - Miércoles, 3 de mayo de 2023
página 7660/2
Tercero. 1. En los términos expresados en el apartado primero, las personas
aspirantes seleccionadas cumplimentarán a través de la web de
Emplead@ (https://ws45.juntadeandalucia.es/empleadopublico)
modelo formulario de petición de destinos, según Anexo I, en el que conforme su
apartado 6 se habrá de formular declaración expresa de no haber sido separado/a
mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni
hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas y no poseer la condición de
personal laboral fijo de la misma categoría profesional a que se aspira ni de desempeñar
ningún puesto en el sector público, ni de realizar actividad privada incompatible o sujeta a
reconocimiento de compatibilidad. Asimismo, al mencionado formulario según exigencias
de la base décima.9 de la Resolución de 11 de diciembre de 2020, se incorporará la
siguiente documentación:
a) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas correspondientes a la categoría profesional concreta, considerándose
validos bien Certificado médico oficial dictado por el Consejo General de la Organización
Médica Colegial y expedido por personal médico colegiado, bien Certificación expedida
por médico/a de familia del Servicio Andaluz de Salud (en el modelo configurado por
el Sistema DIRAYA) o por personal facultativo del Sistema Nacional de Salud que
corresponda a la persona interesada.
Las personas aspirantes que presenten una discapacidad igual o superior al 33%
deberán aportar certificado de los órganos competentes de la Consejería de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad u organismos similares de otras Administraciones
Públicas que acrediten su aptitud para desempeñar las funciones de la plaza que solicite.
En el supuesto de que la persona a contratar se encuentre desempeñando puesto
de trabajo propio de la categoría profesional a la que opta, será suficiente la aportación
de declaración responsable de que se posee la capacidad funcional necesaria para el
desempeño de las tareas propias o habituales de la categoría profesional (Anexo II).
b) En el caso de optar por puestos que en la relación de puestos de trabajo tengan
asignada la característica singular «Contacto Habitual con Menores», habrá de aportarse
Certificación negativa emitida por el Registro Central de delincuentes sexuales de
inexistencia de antecedentes por delitos sexuales. Si no lo aportara, la persona solicitante
deberá prestar su consentimiento para la consulta de sus datos contenidos en el citado
registro, así como presentar declaración responsable de no haber sido condenada por
sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados
en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así
como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del
Código Penal, a los efectos previstos en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de
junio, de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia (Anexo
III).
2. La presentación electrónica se podrá realizar de la siguiente forma:
a) Desde fuera de la red corporativa de la Junta de Andalucía, con certificado digital.
b) Desde dentro de la red corporativa de la Junta de Andalucía, indistintamente con
certificado digital o bien con usuario y clave privada de acceso.
Una vez realizada la presentación telemática, ésta no podrá ser modificada en
ningún caso, sin perjuicio de que pueda presentarse una nueva petición de destino
dentro de plazo, en cuyo caso la primera quedará sin efecto; con la presentación se
generará automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00282696
artículo 10 del Decreto 93/2006, de 22 de mayo, y solamente en el caso de que dichos
aspirantes fueran adjudicatarios de otras vacantes de entre las ofertadas en el turno
libre, podrán ser adjudicadas según el orden obtenido en el proceso, al resto de personal
incluido en la relación definitiva de seleccionados que las hayan solicitado en su petición
de destino.