3. Otras disposiciones. . (2023/82-40)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Viceconsejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, por la que se delegan competencias en materia de Selección de las Estrategias de Desarrollo Local del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 en la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía, con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 82 - Miércoles, 3 de mayo de 2023
página 7676/2
El artículo 123.4 del Reglamento (UE) núm. 2021/2115, del Parlamento Europeo y del
Consejo de 2 de diciembre de 2021 establece que las autoridades regionales de gestión
podrán delegar tareas en organismos intermedios. En tal caso, la autoridad de gestión
que delegue conservará la plena responsabilidad de que dichas tareas se gestionen y
ejecuten de manera eficiente y correcta, y velará por que existan disposiciones adecuadas
para que el otro organismo intermedio pueda obtener todos los datos e información
necesarios para la ejecución de dichas tareas.
El Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, en su artículo 12, asigna
a la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, además de
las funciones establecidas en el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, el diseño,
planificación, gestión y control del Programa LEADER en Andalucía, y su coordinación
con la ejecución de programas similares en otras comunidades autónomas y en otros
países de la Unión Europea o de fuera de ella.
Ante el volumen y especificidad de las Estrategias de Desarrollo Local, de la
experiencia acumulada en el periodo 2014-2020 y en aras de agilizar las actuaciones
para una eficiente gestión, procede la delegación de competencias en esta materia y al
amparo del Reglamento (UE) núm. 2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo de 2
de diciembre de 2021 y del Real Decreto Real Decreto 1046/2022, de 27 de diciembre.
Todo ello, de conformidad con el artículo 101 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, el artículo 9 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público, y demás normativa aplicable en
la materia.
En virtud de lo anterior, y en uso de las competencias que me vienen atribuidas,
RESU ELVO
Primero. Delegar en la persona titular de la Dirección General de Industrias,
Innovación y Cadena Agroalimentaria de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía la competencia para crear el comité que
lleve a cabo la selección de las Estrategias de Desarrollo Local y aprobar las estrategias
seleccionadas por el comité o en su caso denegar la selección de las mismas.
Segundo. El procedimiento de selección de las Estrategias de Desarrollo Local,
además de lo previsto en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, se regirá por las
normas comunitarias aplicables y por las normas nacionales de desarrollo o transposición
de aquellas. La resolución del procedimiento será adoptada por la persona titular de la
Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria.
Tercero. En los actos y resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación se
hará constar expresamente esta circunstancia, con mención de la fecha de aprobación
de la presente Resolución.
Sevilla, 24 de abril de 2023.- El Viceconsejero, Vicente José Pérez García de Prado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00282712
Cuarto. La presente Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía, por aplicación del artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, y del artículo 102 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 82 - Miércoles, 3 de mayo de 2023
página 7676/2
El artículo 123.4 del Reglamento (UE) núm. 2021/2115, del Parlamento Europeo y del
Consejo de 2 de diciembre de 2021 establece que las autoridades regionales de gestión
podrán delegar tareas en organismos intermedios. En tal caso, la autoridad de gestión
que delegue conservará la plena responsabilidad de que dichas tareas se gestionen y
ejecuten de manera eficiente y correcta, y velará por que existan disposiciones adecuadas
para que el otro organismo intermedio pueda obtener todos los datos e información
necesarios para la ejecución de dichas tareas.
El Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, en su artículo 12, asigna
a la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, además de
las funciones establecidas en el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, el diseño,
planificación, gestión y control del Programa LEADER en Andalucía, y su coordinación
con la ejecución de programas similares en otras comunidades autónomas y en otros
países de la Unión Europea o de fuera de ella.
Ante el volumen y especificidad de las Estrategias de Desarrollo Local, de la
experiencia acumulada en el periodo 2014-2020 y en aras de agilizar las actuaciones
para una eficiente gestión, procede la delegación de competencias en esta materia y al
amparo del Reglamento (UE) núm. 2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo de 2
de diciembre de 2021 y del Real Decreto Real Decreto 1046/2022, de 27 de diciembre.
Todo ello, de conformidad con el artículo 101 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, el artículo 9 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público, y demás normativa aplicable en
la materia.
En virtud de lo anterior, y en uso de las competencias que me vienen atribuidas,
RESU ELVO
Primero. Delegar en la persona titular de la Dirección General de Industrias,
Innovación y Cadena Agroalimentaria de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía la competencia para crear el comité que
lleve a cabo la selección de las Estrategias de Desarrollo Local y aprobar las estrategias
seleccionadas por el comité o en su caso denegar la selección de las mismas.
Segundo. El procedimiento de selección de las Estrategias de Desarrollo Local,
además de lo previsto en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, se regirá por las
normas comunitarias aplicables y por las normas nacionales de desarrollo o transposición
de aquellas. La resolución del procedimiento será adoptada por la persona titular de la
Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria.
Tercero. En los actos y resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación se
hará constar expresamente esta circunstancia, con mención de la fecha de aprobación
de la presente Resolución.
Sevilla, 24 de abril de 2023.- El Viceconsejero, Vicente José Pérez García de Prado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00282712
Cuarto. La presente Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía, por aplicación del artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, y del artículo 102 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.