3. Otras disposiciones. . (2023/82-30)
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Almería, de autorización administrativa previa del proyecto que se cita. (PP. 1638/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 82 - Miércoles, 3 de mayo de 2023

página 7074/7

1. Las obras no podrán iniciarse hasta que la persona titular de la instalación no
obtenga la autorización administrativa de construcción, de acuerdo a lo establecido en el
articulo 53.1.b) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
2. La Administración dejará sin efecto la presente autorización en cualquier momento
en que constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma y/o la pérdida
de los permisos de acceso y conexión a la red de la instalación. En tales supuestos la
Administración, previo el oportuno expediente, acordará la revocación de la autorización,
con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las
disposiciones legales vigentes.
3. La persona titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el
cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones,
organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales le han sido
trasladados, habiendo sido aceptados por el mismo. En particular, el titular de la instalación
deberá cumplir el condicionado expuesto expuesto en el informe vinculante (expte.
AAU/AL/0006/21) de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, medio Ambiente y
Economía Azul en Almería, para la ejecución del Proyecto de Ejecución Planta Fotovoltaica
La Pared 6 y el Proyecto Básico Subestación La Pared 6 en el t.m. de Lucainena de las
Torres (Almería), en la provincia de Almería promovido por GR Solar 2020, S.L.U., de
fecha 23.1.2023, cuyo contenido íntegro se puede consultar en la siguiente dirección web:
http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/initAoVAauoSearch.do
4. La caducidad de la autorización ambiental unificada de la instalación será condición
suficiente para la revocación de esta autorización, por incumplimiento de las condiciones
y requisitos establecidos en la misma.
5. Esta autorización administrativa previa queda condicionada a la obtención de la
autorización administrativa previa y de construcción de las siguientes infraestructuras
de evacuación necesarias para la conexión de la planta solar fotovoltaica a la red de
transporte en la subestación Tabernas 400 kV:
1. Línea evacuación de 132 kV LAT 6875 (PERE 1680 LAT 6907 LAT 6874 LAT 6875).
2. Subestación Olivos. Expediente LAT 6866 (PERE 1660 LAT 6894 LAT 6866 LAT
6867).
3. Línea de evacuación de 132 kV LAT 6867 (PERE 1660 LAT 6894 LAT 6866 LAT
6867).
4. Línea de evacuación de 132 kV LAT 6855 (PERE 1658 LAT 6900 LAT 6854 LAT
6855).
5. 
Subestación Colectora 132 kV/400 kV SET Tabernas Renovables y línea
evacuación 400 kV hasta SET Tabernas 400 kV. Expediente LAT 6863.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso de alzada, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación,
sin perjuicio de la notificación a los interesados en el procedimiento, ante el Excmo. Sr.
Consejero de Política Industrial y Energía, de conformidad con lo establecido en los artículos
40, 45, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de
la Administración de la Junta de Andalucía, con advertencia de la particularidad impugnatoria
prevista en el artículo 32.7 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto.
Almería, 17 de abril de 2023.- El Delegado, Guillermo Casquet Fernández.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282112

Tercero. Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta
Delegación Territorial y sin perjuicio e independientemente de las demás autorizaciones,
permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de otros organismos
y Administraciones conforme a la legislación general y sectorial, cuyos condicionantes
habrán de respetarse; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros.