Disposiciones generales. . (2023/82-9)
Extracto de la convocatoria de las subvenciones previstas en la Orden de 11 de julio de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, de medidas de apoyo urgente a las agencias de viajes.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 82 - Miércoles, 3 de mayo de 2023

página 7618/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Extracto de la convocatoria de las subvenciones previstas en la Orden de 11
de julio de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras, en régimen
de concurrencia competitiva, de medidas de apoyo urgente a las agencias de
viajes.
BDNS: 688610.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Primero. Convocatoria.
Se convocan, en la modalidad de concesión de concurrencia no competitiva, las
subvenciones para las agencias de viajes reguladas en la Orden de 11 de julio de 2022,
de medidas de apoyo urgentes a las agencias de viajes.
Segundo. Objeto.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 1 de la Orden de 11 de julio de 2022, el objeto
de las subvenciones que se convocan es financiar las necesidades de capital circulante
o de explotación de las agencias de viajes, con la finalidad de contribuir a mantener a
estas empresas ante el impacto económico que ha generado la pandemia provocada
por el COVID-19 y las medidas adoptadas para contenerla, ayudando a sostener la
continuidad de su empresa o negocio, evitando el cese definitivo del mismo y, por tanto,
la destrucción de empleo, siempre y cuando no se superen las necesidades de liquidez
de la empresa.
Tercero. Beneficiarios.
1. Podrán solicitar las subvenciones las pymes que desarrollen la actividad de
agencias de viajes con centro productivo en la Comunidad Autónoma de Andalucía y
las que presten dicha actividad en la modalidad on line, a través de los servicios de la
sociedad de la información, que hayan experimentado una caída de ventas o ingresos
de, al menos, un veinte por ciento, en el ejercicio 2021 respecto al ejercicio 2019, a causa
del impacto económico negativo provocado en su actividad por la crisis sanitaria y las
medidas acordadas para paliarla, y que cumplan con los requisitos establecidos por el
artículo 6 de la Orden de 11 de julio de 2022.

Quinto. Créditos disponibles.
1. Las subvenciones se financiarán con fondos procedentes de la Unión Europea,
correspondientes al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, con cargo a la partida
presupuestaria 1600170000 G/75D/47001/00 A1B31001T1, del programa presupuestario
75D del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2021, y
por el importe total de 4.000.000,00 euros.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282682

Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por lo establecido en la Orden de 11 de julio de 2022,
por la que se aprueban las bases reguladoras, en régimen de concurrencia no competitiva,
de medidas de apoyo urgentes a las agencias de viajes.