3. Otras disposiciones. . (2023/81-63)
Orden de 17 de abril de 2023, por la que se autoriza la creación del Museo Instituto de América-Centro Damián Bayón (Santa Fe, Granada) y se acuerda su inscripción en el Registro de Museos de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Martes, 2 de mayo de 2023
página 7604/3
perjuicio de la protección singular que a cada bien le pueda corresponder conforme a
la citada ley.
Cuarto. En la percepción de derechos económicos por la visita pública deberá, en
todo caso, aplicarse el principio de igualdad entre las personas nacionales de los Estados
miembros de la Unión Europea, así como garantizarse el acceso gratuito los días que
establece el artículo 22.2 de la la Ley 8/2007, de 5 de octubre, de Museos y Colecciones
Museográficas de Andalucía.
Quinto. Por la persona titular del Museo Instituto de América-Centro Damián Bayón
deberá remitirse a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte la información que se
detalla en el artículo 11 del Reglamento de Creación de Museos y de Gestión de Fondos
Museísticos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto 284/1995,
de 28 de noviembre, y garantizarse la conservación y el mantenimiento de los bienes
culturales que integran los fondos fundacionales o futuros de la institución, así como la
protección y accesibilidad de los mismos, en las condiciones legalmente previstas y que
se establezcan.
Sexto. Se acuerda inscribir el Museo Instituto de América-Centro Damián Bayón
en el Registro de Museos de Andalucía. La inscripción se practicará por la Dirección
General de Museos y Conjuntos Culturales con el código 093-B-068, en los términos del
fundamento jurídico quinto de esta orden.
Séptimo. Ordenar la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía, de conformidad con el artículo 8.5 del Reglamento de Creación de Museos
y de Gestión de Fondos Museísticos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso
administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo
dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 17 de abril de 2023
CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA
00282636
Consejero de Turismo, Cultura y Deporte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Martes, 2 de mayo de 2023
página 7604/3
perjuicio de la protección singular que a cada bien le pueda corresponder conforme a
la citada ley.
Cuarto. En la percepción de derechos económicos por la visita pública deberá, en
todo caso, aplicarse el principio de igualdad entre las personas nacionales de los Estados
miembros de la Unión Europea, así como garantizarse el acceso gratuito los días que
establece el artículo 22.2 de la la Ley 8/2007, de 5 de octubre, de Museos y Colecciones
Museográficas de Andalucía.
Quinto. Por la persona titular del Museo Instituto de América-Centro Damián Bayón
deberá remitirse a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte la información que se
detalla en el artículo 11 del Reglamento de Creación de Museos y de Gestión de Fondos
Museísticos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto 284/1995,
de 28 de noviembre, y garantizarse la conservación y el mantenimiento de los bienes
culturales que integran los fondos fundacionales o futuros de la institución, así como la
protección y accesibilidad de los mismos, en las condiciones legalmente previstas y que
se establezcan.
Sexto. Se acuerda inscribir el Museo Instituto de América-Centro Damián Bayón
en el Registro de Museos de Andalucía. La inscripción se practicará por la Dirección
General de Museos y Conjuntos Culturales con el código 093-B-068, en los términos del
fundamento jurídico quinto de esta orden.
Séptimo. Ordenar la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía, de conformidad con el artículo 8.5 del Reglamento de Creación de Museos
y de Gestión de Fondos Museísticos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso
administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo
dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 17 de abril de 2023
CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA
00282636
Consejero de Turismo, Cultura y Deporte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja