Disposiciones generales. . (2023/81-5)
Acuerdo de 25 de abril de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban inicialmente el Plan Hidrológico y el Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras para el periodo 2022-2027.
<< 10 << Página 10
Página 11 Pág. 11
-
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Martes, 2 de mayo de 2023

página 7652/11

forma parte del Plan de Gestión, las administraciones competentes tratarán de priorizar
aquellas actuaciones que mayor repercusión tengan sobre la disminución de los riesgos
de inundación. Dentro de las actuaciones de ambos planes, se fomentarán las medidas
que sean más sostenibles desde el punto de vista medioambiental, económico y social.
La priorización a la que hace referencia el párrafo anterior se hará teniendo en
cuenta el marco competencial de las distintas Administraciones y sus disponibilidades
presupuestarias.
2. El adecuado y completo cumplimiento de los objetivos medioambientales señalados
para las masas de agua en los plazos previstos en el presente Plan Hidrológico, está
supeditado y es lógica consecuencia de la efectiva puesta en marcha del conjunto de
actuaciones establecido en los programas de medidas que acompañan a cada plan.
3. El Programa de Medidas se aprueba por esta Administración, en el ámbito de sus
competencias, con carácter previo a la aprobación de ambos planes por el Gobierno de
la Nación.
Quinto. Publicidad.
Una vez aprobado el Plan Hidrológico por el Consejo de Ministros, se publicará en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Normativa del Plan y sus Apéndices, y en la
página web de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, la Memoria y
sus Anejos, así como el contenido íntegro del Plan de Gestión de Riesgos de Inundación,
comenzando su vigencia desde la fecha de dicha publicación.
Sexto. Informes de compatibilidad en expedientes ya informados y no resueltos.
En la tramitación de expedientes incoados con anterioridad a la entrada en vigor del
presente Plan Hidrológico, sobre los que ya se hubiese emitido informe de compatibilidad
con el Plan Hidrológico pero que todavía se encuentren pendientes de resolución final,
será preciso recabar un nuevo informe de compatibilidad únicamente en aquellos
casos en que las circunstancias que motivaron el anterior informe hayan cambiado
sustancialmente, advirtiendo previamente al interesado que las condiciones del derecho
solicitado se deberán ajustar al nuevo marco normativo.
Séptimo. Modificación de los planes de sequía.
A los efectos de garantizar la coherencia entre los objetivos ambientales establecidos en
el correspondiente Plan Hidrológico, se adaptará al mismo el Sistema Global de Indicadores
Hidrológicos y las medidas de prevención y mitigación de las sequías establecidas en el
Plan Especial de Actuación en Situaciones de Alerta y Eventual Sequía.
Octavo. Efectos.
El presente acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y
surtirá efectos desde el día de su aprobación.
Sevilla, 25 de abril de 2023
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN CRESPO DÍAZ

00282688

Consejera de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja