Disposiciones generales. . (2023/81-4)
Acuerdo de 25 abril de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban inicialmente el Plan Hidrológico y el Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica del Guadalete y Barbate para el periodo 2022-2027.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Martes, 2 de mayo de 2023

página 7651/9

Por último, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 9/2010, de
30 de julio, de Aguas de Andalucía, corresponde a la Consejería competente en materia
de agua la elaboración de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas
intracomunitarias y al Consejo de Gobierno la aprobación inicial de estos, cuya aprobación
definitiva corresponde al Gobierno de la Nación mediante Real Decreto, en los términos
previstos en la normativa básica.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley 9/2010, de 30
de julio, corresponde a la Consejería competente en materia de agua la elaboración y
aprobación de los planes de gestión del riesgo de inundación. Por su parte, el artículo 13
del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, establece que los programas de medidas se
realizarán por la administración competente en cada caso, que deberá aprobarlos, en el
ámbito de sus competencias, con carácter previo a la aprobación del plan por el Gobierno
de la Nación. Las Administraciones competentes en las cuencas intracomunitarias
elevarán el Plan al Gobierno de la Nación para su aprobación mediante real decreto, de
acuerdo con el reparto de competencias legalmente establecido.
En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 27.12 de la Ley 6/2006,
de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, 20 y 62 de
la Ley 9/2010, de 30 de julio, así como 13 del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, a
propuesta de la Consejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, de acuerdo
con el Consejo Consultivo y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión
del día 25 de abril de 2023,

Primero. Aprobación del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Guadalete
y Barbate para el periodo 2022-2027.
1. Se aprueba inicialmente el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del
Guadalete y Barbate para el periodo 2022-2027, así como su remisión al Gobierno de la
Nación para su aprobación definitiva.
2. El Plan se estructura formalmente en:
A) Memoria y Anejos.
1. Memoria.
Apéndice 1. Listado de masas de agua.
Apéndice 2. Fichas de caracterización adicional de las masas de agua subterránea.
2. Anejos.
Anejo 0. Fichas resumen de las masas de agua.
Anejo I. Designación de masas de agua artificiales y muy modificadas.
Anejo II. Inventario de recursos hídricos.
Anejo III. Usos y demandas.
Anejo IV. Zonas protegidas.
Anejo V. Caudales ecológicos.
Anejo VI. Asignación y reserva de recursos a usos.
Anejo VII. Inventario de presiones.
Anejo VIII. Objetivos medioambientales y exenciones.
Anejo IX. Recuperación de costes.
Anejo X. Programa de medidas.
Anejo XI. Participación pública.
Anejo XII. Seguimiento y evaluación del estado de las masas de agua.
Anejo XIII. Cambio climático.
Anejo XIV. Resumen, revisión y actualización del Plan Hidrológico del Tercer Ciclo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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