3. Otras disposiciones. . (2023/80-47)
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por la que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción a instalación eléctrica de alta tensión. (PP. 1634/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 80 - Viernes, 28 de abril de 2023

página 7063/6

Segundo. Esta autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la normativa
general de aplicación derivada de la Ley 24/2013, y en particular según se establece en
el R.D. 1955/2000, así como en el R.D. 413/2014, debiendo cumplir las condiciones que
en los mismos se establecen, teniendo en cuenta lo siguiente antes de proceder a la
puesta en servicio de la instalación:
1. Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones
necesarias de otros Organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias
atribuidas a esta Delegación. Y quedará sin efecto en el caso de que las autorizaciones o
derechos (de acceso y conexión) que han sido preceptivas para concederla caduquen o
bien queden igualmente sin efecto.
2. El periodo de tiempo en el cual está prevista la ejecución de la instalación, y su
correspondiente puesta en servicio, deberá ajustarse a los plazos establecidos en el
Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica. Las obras deberán realizarse
de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y
autoricen.
3. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta
Delegación, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente acta
de puesta en servicio, hecho este imprescindible para que la instalación pueda entrar en
funcionamiento.
4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los
Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su
explotación.
5. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento
de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos,
empresas de servicio público o de interés general, y en particular los establecidos por
los órganos competentes en materias medio ambiental, urbanística y de ordenación del
territorio, pudiendo conllevar una modificación de la presente resolución en su caso, y en
todo caso, antes de otorgar una autorización de explotación. En particular, el titular de
la instalación deberá cumplir el condicionado expuesto en el informe de la Delegación
Territorial en Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul,
relativo a la solicitud de autorización ambiental unificada presentada por Liberty Jimena,
S.L., con CIF B-02658862, para el proyecto de «Planta solar fotovoltaica Marchenilla, de
50 MWP, y línea subterránea de 30 kV», en el término municipal de Jimena de la Frontera
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282102

Conforme a los proyectos técnicos:
• «Proyecto tramitación administrativa FV Solar Marchenilla, en el t.m. de Jimena de
la Frontera (Cádiz)» y declaración responsable de 23 de noviembre de 2020.
Técnico titulado competente: Ingeniera Industrial, doña Noelia Martí Tizón, colegiada
núm. 17.910 en el Col·legi Oficial d’Enginyers Industrials de Catalunya (COEIC).
• «Proyecto de ejecución de la línea subterránea de media tensión a 30 kV para la
evacuación del parque solar fotovoltaico «Solar Marchenilla», en el t.m. Jimena de la
Frontera (Cádiz)» y declaración responsable de 23 de noviembre de 2020.
Técnico titulado competente: Ingeniero Técnico Industrial, don Jordi Flores Ardiaca,
colegiado núm. 10.681, en el Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de Lleida.
• «Anexo para ejecución al proyecto planta solar fotovoltaica Marchenilla 50 MWp/44
MWn» y declaración responsable de 2 de febrero de 2023.
Técnico titulado competente: Ingeniero Técnico Industrial, don Juan Carlos Cortés
Rengel, colegiado núm. 3.832, en el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales
de Málaga.
Las infraestructuras comunes de evacuación desde la SE La Herradura 220/30 kV,
incluida ésta, hasta el punto de conexión en la subestación Castellar de la Frontera
400 kV no son objeto de la presente autorización.