Autoridades y personal. . (2023/79-33)
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, en la escala de Gestión Universitaria, especialidad Informática, de la Universidad de Cádiz, mediante turno libre.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 79 - Jueves, 27 de abril de 2023

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3.4. Las personas aspirantes con discapacidad podrán solicitar, expresándolo
en el recuadro correspondiente del modelo de solicitud, las posibles adaptaciones de
tiempo y medios que estimen necesarias para la realización de los ejercicios de la fase
de oposición. La Universidad de Cádiz podrá requerir al interesado/a la información
que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada, así como el dictamen del
órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el
desempeño de las funciones del puesto concreto a ocupar.
3.5. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado».
3.6. No se admitirá la presentación de méritos una vez finalizado el plazo de
presentación de solicitudes.
3.7. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado/a.

5. Tribunal Calificador.
5.1. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Selección, Contratación y
Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz, los
miembros del tribunal calificador de la presente convocatoria serán los que figuran en el
Anexo IV de esta convocatoria.
5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al
Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el
artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público,
o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los
cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
5.3. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal según lo
previsto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del
Sector Público.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282313

4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista de
admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en la página web del
Área de Personal https://personal.uca.es/convocatoria-pas/, se incluirá la lista completa
de aspirantes admitidos y excluidos indicándose, en este último caso, las causas de
exclusión.
4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página Web, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se realizará a través
del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la
Sede Electrónica de la UCA o en alguna de las formas establecidas en el apartado 3.1 de
la presente convocatoria. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de
exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidos de la participación en
el proceso selectivo.
Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes,
a contar desde el siguiente a su publicación y según lo establecido en la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el
siguiente a su publicación, ante el órgano competente y según lo establecido en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.3. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que
hayan sido excluidos definitivamente de la realización del proceso selectivo.