Disposiciones generales. . (2023/79-6)
Extracto de la Resolución de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convocan, para el año 2023, las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva correspondientes a las Líneas 2, 3 y 4 reguladas en la Orden de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, de 6 de junio de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 79 - Jueves, 27 de abril de 2023

página 7374/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Extracto de la Resolución de la Dirección General de Trabajo Autónomo y
Economía Social, por la que se convocan, para el año 2023, las subvenciones
en régimen de concurrencia competitiva correspondientes a las Líneas 2, 3 y
4 reguladas en la Orden de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y
Empleo, de 6 de junio de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones del Programa de Apoyo a la Promoción y el
Desarrollo de la Economía Social para el Empleo.
BDNS: 686957 (Línea 2) - 686958 (Línea 3) – 686959 (Línea 4).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:
Primero. Convocatoria.
Se convocan, para el ejercicio 2023, las subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva, correspondientes a la línea 2. Difusión y Promoción de la Economía Social;
Línea 3. Fomento del Emprendimiento Social y Línea 4. Innovación y competitividad
empresarial de la Economía Social, regulada en la Orden de la Consejería de Economía,
Innovación, Ciencia y Empleo, de 6 de junio de 2014, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de Apoyo a la Promoción
y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo, en la cuantía total máxima que se
especifica y con cargo al crédito presupuestario que asimismo se indica:
Partidas Presupuestarias/Códigos
de Proyecto

Línea Subvencionable

Cuantías Máximas
Anualidad
2023

Anualidad
2024

Totales
(en euros)

Línea 2. Difusión y Promoción de la
Economía Social

1200018069/ G/ 72C/ 48705/ 00 01

299.222,00

299.222,00

598.444,00

Línea 3. Fomento del Emprendimiento
Social

1200018069/ G/ 72C/ 78702/ 00 01
2010000870

350.000,00

350.000,00

700.000,00

Línea 4. Innovación y Competitividad
Empresarial de la Economía Social

1200018069/ G/ 72C/ 78712/ 00 01
2012000692

400.000,00

400.000,00

800.000,00

1.049.222,00

1.049.222,00

2.098.444,00

Totales

Tercero. Objeto.
Con carácter general el objeto de cada una de estas líneas de subvenciones es:
a) Línea 2. Difusión y Promoción de la Economía Social: La realización de actividades
dirigidas a difundir y promocionar las fórmulas empresariales bajo las que se organizan las
entidades de economía social entre la población en general, y entre los emprendedores en
particular, haciendo especial hincapié en los principios y valores que rigen su actuación,

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282403

Segundo. Entidades beneficiarias.
Podrán resultar beneficiarias para cada una de las líneas de subvención, las entidades
previstas en el artículo 3.1, letras a) y b), de la Orden de 6 de junio de 2014.
En todo caso, para cada una de las líneas de subvención, las entidades solicitantes
deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 3, apartados 2, 3, 4 y 5, de la
Orden de 6 de junio de 2014.