3. Otras disposiciones. . (2023/79-46)
Acuerdo de 19 de abril de 2023, de la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, sobre expropiación de terrenos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 79 - Jueves, 27 de abril de 2023
página 7394/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Acuerdo de 19 de abril de 2023, de la Delegación Territorial de la Consejería de
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, sobre expropiación
de terrenos.
El 23.1.2023, la Dirección General de Infraestructuras del Transporte de la Consejería de
Fomento Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, ordenó el inicio del procedimiento
de expropiación forzosa requerido para proceder a la ejecución del proyecto de obras de
referencia, al objeto de tener resuelta la disponibilidad de los terrenos con carácter previo
a la licitación del concurso para la ejecución de las obras.
El Proyecto de Construcción de «T-MG6211/OEJ0. Obra civil y superestructura de la
prolongación sur del metropolitano de Granada. Tramo: Armilla-Churriana de la Vega»,
fue aprobado el 4.11.2022 por la Dirección Gerencia de la Agencia de Obra Pública de la
Junta de Andalucía de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda,
en relación con las competencias que le fueron atribuidas por el Consejo de Gobierno
(24.3.2009) relativas a la Línea de Ferrocarril Metropolitano del Metro de Granada.
El artículo 10.2 de la Ley 9/2006, de 26 de diciembre, de Servicios Ferroviarios
de Andalucía (BOJA núm. 251, de 30.12.2006), establece que: «La aprobación del
correspondiente proyecto básico o el de construcción de líneas ferroviarias, tramos de
las mismas u otros elementos de la infraestructura ferroviaria o de modificación de las
preexistentes, supondrá la declaración de utilidad pública o interés social, la necesidad
de ocupación y la declaración de urgencia de la misma, a efectos de la expropiación
forzosa de los bienes y derechos que requiera la actuación».
A la vista de cuanto antecede, esta Delegación Territorial, en el ejercicio de las
facultades que le concede el artículo 2 de la Ley de Expropiación Forzosa (BOE núm. 351,
de 17.12.1954), en relación con el artículo 19 del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre,
por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta
de Andalucía (BOJA extraordinario núm. 90, de 30.12.2020), así como el Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y Decreto
160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda,
ACUERDA
Segundo. Publicar la relación de interesados, bienes y derechos afectados por la
expropiación en el tablón de anuncios de esta Delegación Territorial, en los tablones
de anuncios de los Ayuntamientos de Armilla y Churriana de la Vega (Granada), en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Boletín Oficial de la Diputación Provincial
de Granada y en el Diario Ideal de Granada, valiendo estos anuncios como notificación
respecto a posibles interesados no identificados, a titulares desconocidos o de ignorado
paradero, según el artículo 52.2 de la LEF y artículos 44 y siguientes de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
BOE núm. 236, de 2.10.2015 (LPACAP).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00282429
Primero. Iniciar el procedimiento de expropiación que regula los artículos 52 y siguientes
de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, BOE núm. 351, de
17.12.1954 (LEF), y el artículo 56 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba
el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, BOE núm. 160, de 20.6.1957 (RLEF).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 79 - Jueves, 27 de abril de 2023
página 7394/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Acuerdo de 19 de abril de 2023, de la Delegación Territorial de la Consejería de
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, sobre expropiación
de terrenos.
El 23.1.2023, la Dirección General de Infraestructuras del Transporte de la Consejería de
Fomento Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, ordenó el inicio del procedimiento
de expropiación forzosa requerido para proceder a la ejecución del proyecto de obras de
referencia, al objeto de tener resuelta la disponibilidad de los terrenos con carácter previo
a la licitación del concurso para la ejecución de las obras.
El Proyecto de Construcción de «T-MG6211/OEJ0. Obra civil y superestructura de la
prolongación sur del metropolitano de Granada. Tramo: Armilla-Churriana de la Vega»,
fue aprobado el 4.11.2022 por la Dirección Gerencia de la Agencia de Obra Pública de la
Junta de Andalucía de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda,
en relación con las competencias que le fueron atribuidas por el Consejo de Gobierno
(24.3.2009) relativas a la Línea de Ferrocarril Metropolitano del Metro de Granada.
El artículo 10.2 de la Ley 9/2006, de 26 de diciembre, de Servicios Ferroviarios
de Andalucía (BOJA núm. 251, de 30.12.2006), establece que: «La aprobación del
correspondiente proyecto básico o el de construcción de líneas ferroviarias, tramos de
las mismas u otros elementos de la infraestructura ferroviaria o de modificación de las
preexistentes, supondrá la declaración de utilidad pública o interés social, la necesidad
de ocupación y la declaración de urgencia de la misma, a efectos de la expropiación
forzosa de los bienes y derechos que requiera la actuación».
A la vista de cuanto antecede, esta Delegación Territorial, en el ejercicio de las
facultades que le concede el artículo 2 de la Ley de Expropiación Forzosa (BOE núm. 351,
de 17.12.1954), en relación con el artículo 19 del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre,
por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta
de Andalucía (BOJA extraordinario núm. 90, de 30.12.2020), así como el Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y Decreto
160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda,
ACUERDA
Segundo. Publicar la relación de interesados, bienes y derechos afectados por la
expropiación en el tablón de anuncios de esta Delegación Territorial, en los tablones
de anuncios de los Ayuntamientos de Armilla y Churriana de la Vega (Granada), en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Boletín Oficial de la Diputación Provincial
de Granada y en el Diario Ideal de Granada, valiendo estos anuncios como notificación
respecto a posibles interesados no identificados, a titulares desconocidos o de ignorado
paradero, según el artículo 52.2 de la LEF y artículos 44 y siguientes de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
BOE núm. 236, de 2.10.2015 (LPACAP).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00282429
Primero. Iniciar el procedimiento de expropiación que regula los artículos 52 y siguientes
de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, BOE núm. 351, de
17.12.1954 (LEF), y el artículo 56 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba
el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, BOE núm. 160, de 20.6.1957 (RLEF).