Autoridades y personal. . (2023/77-28)
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Universidad de Jaén, por la que se publican las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de ayudas predoctorales para la formación de personal investigador.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Martes, 25 de abril de 2023

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9.6. La presentación de una solicitud de ayuda conlleva el consentimiento para la
comunicación a terceros de los datos recogidos en la misma, con objeto del tratamiento
posterior de los datos con fines históricos, estadísticos o científicos, en el marco de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales.
9.7. La presentación de la solicitud conlleva el consentimiento para comprobar o recabar
de otros órganos, Administraciones o proveedores, por medios electrónicos, la información
sobre circunstancias de los solicitantes o de las solicitudes que, de acuerdo con la
convocatoria y la normativa aplicable, sean pertinentes para la instrucción del procedimiento.
9.8. La participación en esta convocatoria supone el consentimiento y aceptación de
las condiciones establecidas en la misma.
10. Subsanación de las solicitudes.
10.1. La Universidad de Jaén podrá requerir a las personas interesadas para que, en
el plazo de diez días, subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, con
advertencia de que, si no lo hiciesen, se les tendrá por desistida la solicitud, de acuerdo
con lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La resolución que se dicte a este
respecto se notificará al personal interesado mediante el sistema previsto en el párrafo
anterior.
10.2. Durante el periodo de subsanación, no se podrán reformular las solicitudes
presentadas.

12. Evaluación de las solicitudes.
12.1. Las solicitudes serán objeto de informe de evaluación científico-técnica por
parte de la Comisión de Investigación, para lo cual se recabará informe de evaluación
al personal investigador al que se asignan las ayudas. Cada investigador/a responsable
llevará a cabo la evaluación científico-técnica de todas aquellas solicitudes adscritas a su
línea de investigación de acuerdo con los criterios descritos seguidamente y elaborará,
basado en ellos, un informe de evaluación científico-técnica para cada una de las
solicitudes. Los criterios de evaluación científico-técnica serán los siguientes:
a) Expediente académico del grado de la persona candidata. Puntuación: De 0 hasta
40 puntos.
b) Adecuación de la persona candidata a la línea de investigación. Puntuación: De 0
hasta 40 puntos.
c) Calidad de la Memoria Científica presentada. Puntuación: De 0 hasta 20 puntos.
12.2. En caso de empate, el contrato se concederá a la persona que haya obtenido
mayor puntuación en el criterio a) de la evaluación. De persistir el empate, se concederá
a la persona que haya obtenido mayor puntuación en el criterio b) de la evaluación y, si
persiste, se dirimirá a favor de la persona que haya obtenido mayor puntuación en el
apartado c).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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11. Comunicaciones entre la Universidad y las personas interesadas.
11.1. En virtud de lo previsto en el artículo 43.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la
notificación a las personas interesadas de los trámites de subsanación, listas de personas
admitidas y excluidas, propuesta de resolución provisional, propuesta de resolución
definitiva y resolución definitiva de concesión de las ayudas se realizarán mediante
publicación en la página web https://bit.ly/3YT53Uj del Vicerrectorado de Investigación.
11.2. Con independencia de lo anterior, el Servicio de Gestión de la Investigación de la
Universidad de Jaén, como instructor del procedimiento, podrá remitir a los interesados/as
un aviso de cortesía de la publicación realizada a la dirección de correo electrónico que figure
en la solicitud de ayuda.