3. Otras disposiciones. . (2023/77-47)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Centro Español de Solidaridad de Málaga (CESMA).
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 77 - Martes, 25 de abril de 2023

página 7247/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Justicia Juvenil y
Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones
de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Centro Español de
Solidaridad de Málaga (CESMA).
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de
Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Centro Español de Solidaridad
de Málaga (CESMA), sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 26.1.2023, tuvo entrada en la Consejería de Justicia, Administración Local
y Función Pública escrito de la fundación para la inscripción de la modificación estatutaria
adoptada por su patronato.
Segundo. La modificación estatutaria afecta a los artículo 10 (Composición del
Patronato), 14 (Organización del Patronato), 24 (Comisión Permanente), y se suprime el
inciso final del artículo 15 (Presidente).
Tercero. Al expediente se ha aportado la copia autorizada de la escritura pública
otorgada el 19.1.2023, ante el Notario don Antonio Vaquero Aguirre, del Ilustre Colegio
de Andalucía, registrada con el número 166 de su protocolo. La escritura comprende
la certificación del acuerdo adoptado por el patronato, expedida por el secretario con el
visto bueno del presidente.
Cuarto. La escritura pública incorpora certificación del acuerdo del patronato de
2.12.2022, relativo a la modificación de estatutos, con mención expresa sobre la ausencia
de prohibición por parte de la persona fundadora para proceder a la modificación de
estatutos acordada por el patronato.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento lo
dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, en el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como en el Reglamento
de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado
por Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de
Andalucía.

Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado
cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos
previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, en el artículo 37 del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282277

Segundo. La modificación estatutaria acordada por el patronato de la fundación fue
comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.