3. Otras disposiciones. . (2023/76-28)
Resolución de 4 de abril de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Málaga, por la que se otorga autorización administrativa previa al proyecto de la planta solar fotovoltaica en el término municipal de Casares (Málaga). (PP. 1541/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023

página 6660/5

- Las obras no podrán iniciarse hasta que la persona titular de la instalación no
obtenga la Autorización Administrativa de Construcción, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 53.1b) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
- La Administración podrá dejar sin efecto la presente autorización en cualquier
momento en que constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma
y/o la pérdida de los permisos de acceso y conexión a la red de la instalación. En tales
supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la revocación de la
autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven
según las disposiciones legales vigentes.
- La persona titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el
cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones,
organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales le han
sido trasladados, habiendo sido aceptados por el mismo. En particular, el titular de la
instalación deberá cumplir los condicionados expuestos en el Informe de la Delegación
Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Málaga, por el que se
otorga la autorización ambiental anificada a Solar Capital 2000, S.L., para el proyecto
de la planta solar fotovoltaica denominada «Casares Solar I» en el término municipal
de Casares (AAU/MA/06/21), de fecha 24/01/2023, cuyo contenido íntegro se puede
consultar de forma pública en la página web de la citada Consejería competente en
materia de Medio Ambiente, en el siguiente enlace:
http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/
- La caducidad de la autorización ambiental anificada de la instalación será condición
suficiente para la revocación de esta autorización, por incumplimiento de las condiciones
y requisitos establecidos en la misma.
Tercero. Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas
a esta Delegación Territorial y sin perjuicio e independientemente de las demás
autorizaciones, permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de
otros organismos y Administraciones conforme a la legislación general y sectorial, cuyos
condicionantes habrán de respetarse; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de
terceros.
Cuarto. Esta resolución deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, y será notificada a Solar
Capital 2000, S.L., y a todas las administraciones, organismos públicos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general que hayan intervenido en el expediente.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recuso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Industrial y
Energía en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente al de su publicación,
sin perjuicio de la notificación a los interesados en el procedimiento, de conformidad con
lo establecido en los artículos 40, 45, 121 y 122 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo
115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Asimismo, se advierte que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 32.7 del Decreto
356/2010, de 3 de agosto, la persona promotora podrá oponerse al informe vinculante
emitido por el órgano ambiental competente mediante la interposición de este recurso.

00281699

Málaga, 4 de abril de 2023.- El Delegado, Carlos García Giménez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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