3. Otras disposiciones. . (2023/76-34)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Pádel.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023

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participadas por ésta. Asimismo, el presente documento es igualmente de aplicación al
personal de cualquier proveedor externo que preste sus servicios en los referidos centros
de trabajo, y que de algún modo utilice o tenga acceso a la red de datos corporativa de la
Federación.
5. A todos ellos, denominados en adelante, «usuarios», les serán de aplicación las
normas contenidas en el presente título.
Art. 28. Acceso a los sistemas informáticos y a la red corporativa de la Federación
Andaluza de Pádel.
1. El acceso a los sistemas informáticos, y a la red corporativa de la Federación, se
concederá a los empleados que lo requieran para el desempeño de su trabajo, previa
solicitud por los directores de área o departamento a los que dichos empleados estén
adscritos, mediante una petición formal al Departamento de TIC. El mismo procedimiento
se habrá de seguir para conceder el acceso al personal externo que lo requiera y sea
solicitado por el director del proyecto o servicio contratado.
2. Será responsabilidad del director del área o responsable directo del empleado,
la petición de derechos de acceso a los sistemas informáticos y a la red corporativa
de la Federación, de cambios en los derechos de acceso (por cambio de funciones u
ocupación), así como la comunicación del cese de actividad del empleado, dentro del
mismo día en el que el cese tiene lugar, con el objeto de dar de baja al usuario. El mismo
periodo de tiempo se aplicará para la comunicación del cese de actividad de cualquier
externo que tuviera acceso a la red corporativa de la Federación, al objeto de que se
pueda revocar la autorización concedida y dar de baja al usuario autorizado.

Art. 30. Propiedad, confidencialidad y uso profesional de la información almacenada
en los sistemas corporativos.
1. La información relacionada con la actividad laboral de la Federación, deberá
ser obligatoriamente almacenada en los sistemas de red puestos a disposición de los
usuarios (carpetas de red para el almacenamiento de datos departamentales, gestores
documentales, así como espacios de trabajo en red), y dado que se trata de información
profesional, la Federación podrá tener acceso a la misma respetando en cualquier caso
la legalidad vigente.
2. La mencionada información tendrá como mínimo la categoría de restringida,
y en ningún caso podrá ser objeto de comunicación a terceros cuando la remisión no
quede justificada por motivos profesionales. Asimismo, la documentación que deban
analizar auditores, consultores u otros externos contratados por la Federación para
cualquier proyecto, deberá analizarse en la medida de lo posible en las instalaciones
de la Federación (sin la entrega de copias digitales o impresas), y en todo caso, previa
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Art. 29. Acceso a los activos informáticos físicos.
1. Se entiende como activos informáticos físicos todos aquellos activos informáticos
que, por su naturaleza, requieren disponer de una fuente de energía eléctrica para su
adecuada utilización, y que disponen de funcionalidad en sí mismos, como por ejemplo
un ordenador de sobremesa, un ordenador portátil, un dispositivo móvil, una impresora,
tabletas, relojes digitales, etc.
2. En función de las necesidades laborales de los usuarios, se definirán los
activos físicos a proveer. Estas peticiones se realizarán igualmente por los directores
o responsables del área a los que los usuarios estén adscritos, mediante una petición
formal al Departamento de TIC.
3. Los recursos TIC puestos a disposición de los usuarios de la Federación, son de
titularidad de la Federación Andaluza de Pádel y cumplen con la finalidad principal de
asegurar la prestación de servicios por parte de dichos usuarios. Por ello, los recursos
TIC serán utilizados por los usuarios para fines estrictamente profesionales y atendiendo
en todo momento a las condiciones generales de uso que se indiquen al respecto.