3. Otras disposiciones. . (2023/76-34)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Pádel.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023

página 7199/15

Art. 26. Emisión y recepción de facturas. Contabilización.
1. Únicamente podrá expedir facturas el Área de Intervención de la Federación
Andaluza de Pádel.
Cualquier emisión de factura, deberá estar soportada por la documentación
correspondiente, que permitirá identificar con nitidez el concepto facturado y la
correspondencia del mismo.
Cuando así lo estime oportuno el Jefe de Administración, podrá solicitar a los
departamentos originarios de la facturación, la emisión de informe o la entrega de
documentación adicional sobre los conceptos facturados. Esta potestad también puede
ejecutarla la Secretaría General.
Las facturas serán contabilizadas el mismo día de su emisión, archivadas de
forma consecutiva, con una organización de archivos, que permita su rápida y sencilla
localización incluso a personas ajenas al área de Administración.
Si una factura fuese emitida en un idioma diferente al oficial, se acompañará un
duplicado de la misma traducida al español.
El proceso contable que se utilice impedirá el borrado de facturas, de tal forma
que el registro de facturas que resulten erróneas en todo o en parte, únicamente se
corregirá mediante la nueva emisión de factura rectificativa y la generación del asiento
compensatorio. En ningún caso se permitirá la anulación de asientos de registro de
facturas.
2. Facturas recibidas.
La gestión de las facturas recibidas se realizará exclusivamente en el área de
administración. El visado de las facturas por otros departamentos se llevará a cabo
sobre la copia de las facturas, pues los originales serán contabilizados y archivados a su
recepción.
El proceso contable que se utilice impedirá el borrado de facturas, de tal forma que
el registro de facturas que resulten erróneas en todo o en parte, únicamente se corregirá
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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a) El área deportiva para los artículos pertenecientes al grupo a).
b) El área de marketing y/o patrocinios para las mercaderías pertenecientes al grupo b).
Los distintos responsables elaborarán la documentación necesaria para un adecuado
control del movimiento de existencias.
La realización de inventarios de comprobación dependerá del criterio de los
departamentos responsables o de la Persona titular de la Intervención de la Federación
Andaluza de Pádel, quien podrá ordenar sus realizaciones cuando lo considere oportuno.
Anualmente, al final de ejercicio, la persona titular de la Intervención, ordenará y
dirigirá la realización de un inventario completo, cuya documentación será archivada y
puesta a disposición del auditor de la Federación Andaluza de Pádel, quien será avisado,
con suficiente antelación, de la ejecución del inventario, por si decidiera estar presente en
el mismo.
2. Activos fijos.
Bajo la responsabilidad del área de Administración, existirá un inventario escrito
de los activos fijos de la Federación Andaluza de Pádel, que estarán inequívocamente
identificados de tal forma que en todo momento pueda relacionarse la factura de compra
y su ficha contable con el bien físico.
Las fichas de inmovilizado deberán registrar la fecha de compra, el código de archivo
de la factura, el porcentaje de amortización contable y la cantidad destinada a dotaciones
contables.
La enajenación de activos fijos obsoletos, deberá estar en todo caso debidamente
documentada. En los casos de que la obsolescencia conlleve pérdida económica, deberá
anotarse el destino del bien, la documentación que justifique el asiento contable de
pérdida del inmovilizado, adjuntándose los documentos que se estimen oportunos.