Autoridades y personal. . (2023/76-20)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan vacantes al personal aspirante seleccionado en las pruebas selectivas de ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo General de Administrativos de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2019, 2020 y 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023

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Cuarto. 1. Los destinos se adjudicarán al personal aspirante seleccionado en las
respectivas pruebas, de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en el proceso
selectivo, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto
en la Relación de Puestos de Trabajo, y conforme al orden de preferencia establecido
en el Anexo II de la presente resolución. Al personal aspirante que no haya solicitado
suficientes puestos de trabajo en relación con el número de orden obtenido en el proceso
selectivo, le será adjudicado de oficio alguno de los que resulten vacantes, una vez
atendidas las demás peticiones del personal aspirante.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00282210

recepción de los documentos electrónicos presentados por las personas solicitantes, en
el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como
fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y su no rechazo.
3. Además de la petición de destino señalada en el párrafo anterior, las personas
aspirantes deberán aportar, la documentación a la que se refiere el apartado 4 de la base
octava contenida en la resolución de la convocatoria.
Respecto del documento indicado en la letra a) del apartado 4 de la base octava
deberá aportarse copia electrónica auténtica del título académico oficial o, en su defecto,
copia del mismo acompañada del documento obtenido a través de la «Consulta a los
Registros de Títulos Universitarios» en la sede electrónica del Ministerio de Educación
y Formación Profesional o bien certificado obtenido en la misma sede electrónica en el
caso de títulos no universitarios oficiales.
La declaración responsable a la que hace referencia la letra b) del apartado 4, contenido
en la base octava de la resolución de convocatoria, deberá cumplimentarse conforme
al modelo que figura en el Anexo II-A de la presente resolución y presentarse junto al
formulario de petición de destino en el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía.
El personal aspirante que solicite puestos de trabajo con la característica singular
«Contacto habitual con Menores» deberá formular la correspondiente declaración
responsable de no haber sido condenado por sentencia firme en los términos establecidos
en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica
del Menor, cumplimentando al efecto el formulario que figura en el Anexo II-B de la
presente resolución. Si presta consentimiento para la consulta de sus datos contenidos
en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, marcará la casilla correspondiente tanto
en el formulario de petición de destinos, Anexo II, como en el propio Anexo II-B. Si no
autoriza la consulta, habrá de aportar certificación negativa emitida por dicho órgano que
se presentará, junto al formulario de petición de destino, en el Registro Electrónico Único
de la Junta de Andalucía.
4. En el caso de las personas aspirante con discapacidad, deberán aportar el
correspondiente certificado, expedido por la Consejería competente en la materia de la
Junta de Andalucía, o en su caso del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en el que
conste su capacidad para el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo,
especialidad u opción a que se aspira.
5. Al objeto de agilizar la comprobación de la documentación requerida, esto es, la
petición de destinos y la documentación acreditativa indicada en los apartados anteriores,
deberá remitirse mediante presentación electrónica en el Registro Electrónico Único de la
Junta de Andalucía, a través de la dirección
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml
todo ello, desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía hasta el día 28 de abril de 2023.
6. Sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos anteriores, el personal aspirante
que tuviera la condición de personal funcionario de carrera y aquellos otros que
estuvieran prestando servicios en la Junta de Andalucía estarán exentos de justificar
documentalmente las condiciones y los requisitos ya acreditados, siempre que hubieran
sido inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía.