Autoridades y personal. . (2023/76-20)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan vacantes al personal aspirante seleccionado en las pruebas selectivas de ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo General de Administrativos de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2019, 2020 y 2021.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023

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2. Conforme dispone el artículo 25 del citado reglamento general, los destinos adjudicados
tendrán carácter definitivo de ocupación si se trata de puestos de trabajo del nivel básico del
cuerpo, o carácter provisional si se trata de puestos de trabajo de nivel no básico.
Quinto. El personal funcionario de carrera que ocupe con carácter definitivo puestos
de doble adscripción podrá solicitar la adjudicación del mismo, con el mismo carácter de
ocupación, siempre y cuando el área funcional o relacional de aquel esté directamente
relacionada con las funciones del cuerpo, opción y/o subopción al que se promociona
y además se cumplan los requisitos de la Relación de Puestos de Trabajo. Deberán
hacerlo constar en el apartado correspondiente del formulario de petición de destinos,
Anexo II, cuyo tenor literal es «Acceso promoción interna: puestos de doble adscripción
desempeñados con carácter definitivo» . En tal caso quedarán excluidos del sistema de
adjudicación de destino por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.
En caso de optar por continuar en el mismo puesto, se producirá simultáneamente la
toma de posesión en dicho puesto como personal funcionario de carrera del nuevo cuerpo y
la declaración en la situación de excedencia en el cuerpo al que pertenecía con anterioridad,
en la forma prevista en el artículo 15 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los funcionarios civiles de la
Administración General del Estado, de aplicación supletoria en esta Comunidad Autónoma,
conforme a la redacción dada por el Real Decreto 255/2006, de 3 de marzo.
Asimismo, quienes ocupen con carácter definitivo puestos de adscripción única al
subgrupo C2, siempre que los mismos no tengan la consideración de «a extinguir», podrán
solicitar la adjudicación de dichos puestos con el mismo carácter de ocupación y en el
mismo centro de trabajo donde estuvieran destinados, haciéndolo constar en el apartado
correspondiente del formulario de petición de destinos (Anexo II), cuyo tenor literal es
«Acceso promoción interna: puestos de doble adscripción desempeñados con carácter
definitivo». En tal caso, quedarán excluidos o excluidas del sistema de adjudicación de
destinos por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.
A quienes habiendo señalado en el formulario de petición de destinos (Anexo II) el
apartado «Acceso promoción interna: puestos de doble adscripción desempeñados con
carácter definitivo», no cumplan los requisitos para poder hacerlo en los términos establecidos
en los párrafos anteriores, se les asignará de oficio uno de los puestos ofertados.
Asimismo, a quienes no señalen en el formulario de petición de destinos (Anexo II)
alguno de los dos apartados «Acceso promoción interna: puestos de doble adscripción
desempeñados con carácter definitivo» o «Acceso promoción interna: Otros puestos
ofertados», se les asignará de oficio uno de los puestos ofertados.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de reposición, con carácter potestativo ante este órgano, en el plazo de un mes,
a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los
órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su
publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 18 de abril de 2023.- La Directora General, Natalia Silvia Márquez García.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Sexto. Las personas seleccionadas que dentro del plazo fijado, y salvo los casos de
fuerza mayor debidamente acreditada, no presentasen la documentación preceptiva, o
del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados
en la base segunda de la resolución de convocatoria, no podrán ser nombrados
personal funcionario de carrera, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.