Disposiciones generales. . (2023/76-2)
Resolución de 11 de abril de 2023, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2023, las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023

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ANEXO I

5.- CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS (Continuación)

2.2. Número medio de espectadores por representación en la temporada anterior (Invitaciones máximas computables: 10% de
aforo): Máx. 5 puntos.
De 101 en adelante o más del 70 % del aforo: 5 puntos.
Entre 80 y 100 o entre el 55 % y el 69´99 % del aforo: 3 puntos.
Entre 60 y 79 o entre el 40 % y 54´99 % del aforo: 2 puntos.
2.3

La Titularidad del local: Propiedad o alquiler/cesión con canon superior a 500€ mensuales: 3 puntos.

2.4

Ubicación de la sala en un municipio no capital de provincia o fuera del casco antiguo de la localidad: 2 puntos.

Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II por los beneficiarios provisionales.
1.1 Número de representaciones o conciertos previstos en el año en curso: Memoria artística y material promocional de programación de la sala en la temporada en curso.
1.2 Número de representaciones de compañías o conciertos de formaciones musicales con domicilio social en Andalucía y/o de
autores andaluces o con residencia superior a 5 años en Andalucía: Compañías o conciertos de formaciones musicales: NIF
donde se acredite el domicilio social en Andalucía. Autores andaluces o con residencia superior a cinco años en Andalucía: Para
acreditar nacimiento en Andalucía: DNI. Para residencia en Andalucía para personas no nacidas en esta Comunidad: DNI de más
de 5 años de antigüedad donde figure domicilio en Andalucía o certificado de empadronamiento que demuestra la residencia de
más de cinco años. Parar autores o autoras fallecidos, referencia bibliográfica o documental que demuestre su nacimiento o
residencia en Andalucía.
1.3 Número de provincias de procedencia de las compañías o formaciones musicales andaluzas: NIF de la compañía o formación
donde se acredite el domicilio social en Andalucía.
1.4 Inclusión en la programación de espectáculos que contribuyan a la igualdad de género y/o a la integración de colectivos en riesgo
de exclusión social (Mínimo 5 representaciones): Memoria artística y material promocional de programación de la sala en la
temporada en curso.
1.5 Inclusión en la programación de espectáculos que contribuyan a la formación artística del público infantil y juvenil (Mínimo 15
representaciones)/ Ciclos específicos de promoción de nuevos valores: Memoria artística y material promocional de
programación de la sala en la temporada en curso.
1.6 En salas de teatro la Inclusión en la programación de espectáculos de danza contemporánea, música o circo (Mínimo 15 representaciones o conciertos)/ En salas de conciertos la inclusión en la programación de espectáculos de teatro, danza contemporánea o circo (Mínimo 8 representaciones): Memoria artística y material promocional de programación de la sala en la temporada
en curso.
2 Características de la sala:
2.1 Número y estabilidad del personal contratado en la sala (Contratos de duración superior 9 meses): Contratos laborales del
personal.
2.2 Número medio de espectadores por representación en la temporada anterior (Invitaciones máximas computables: 10% de aforo):
Memoria que incluya relación de espectáculos y número de espectadores por espectáculo.
2.3 La Titularidad del local: Propiedad o alquiler/cesión con canon superior a 800€ mensuales: Contrato de compra-venta, contrato
de alquiler o convenio de cesión.
2.4 Ubicación de la sala en un municipio no capital de provincia o fuera del casco antiguo de la localidad: Contrato de compra-venta,
contrato de alquiler o convenio de cesión. En caso de presentar reformulación de la solicitud, proyecto reformulado, que deberá,
en todo caso, respetar el objeto , las condiciones, la finalidad y los criterios objetivos de valoración establecidos en estas bases
reguladoras, sin que en ningún caso el presupuesto reformulado pueda ser inferior en más de un 20% el inicialmente presentado.
a) NIF de la entidad solicitante.
b) En caso de actuar a través de persona representante, acreditación de la representación en la que dice actuar.
c) Escrituras de constitución y estatutos registrados de la entidad. En todo caso, deberá quedar acreditada la vinculación entre
el objeto social de la entidad solicitante y el proyecto artístico objeto de la subvención.
d) Certificación bancaria acreditativa de la titularidad de la cuenta corriente de la que es titular la persona física o entidad jurídica
beneficiaria.
e) Y solo en caso de haberse opuesto a la consulta o no haber prestado el consentimiento, habrá de presentar:
- El DNI de la persona solicitante o NIE y la tarjeta equivalente de los extranjeros residentes en España.
- El DNI o NIE y la tarjeta equivalente de los extranjeros residentes en España, de la persona representante, así como acreditación
de la representación en la que dice actuar.
- Cuando proceda, documento de alta en el IAE del solicitante y certificado de situación de alta en el impuesto de actividades
económicas expedido por la AEAT.
En caso de presentar reformulación de la solicitud, proyecto reformulado, que deberá, en todo caso, respetar el objeto, las
condiciones, la finalidad y los criterios objetivos de valoración establecidos en estas bases reguladoras, sin que en ningún caso el
presupuesto reformulado pueda ser inferior, en más de un 20%, respecto al inicialmente presentado.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00282237

002461/4D

Documentación acreditativa de los requisitos del apartado 4.a.)1º

https://www.juntadeandalucia.es/eboja