Disposiciones generales. . (2023/76-7)
Extracto de la Orden de 31 de marzo de 2023, por la que se convoca para el año 2023 la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a los Ayuntamientos de los municipios situados en las áreas de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Doñana y del Parque Nacional de Sierra Nevada para la financiación de actividades de iniciativa pública.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023

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1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD, MEDIO AMBIENTE
Y ECONOMÍA AZUL
Extracto de la Orden de 31 de marzo de 2023, por la que se convoca para
el año 2023 la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no
competitiva, destinadas a los Ayuntamientos de los municipios situados en
las áreas de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Doñana y
del Parque Nacional de Sierra Nevada para la financiación de actividades de
iniciativa pública.
BDNS (Identif.): 687719.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/687719
Primero. Convocatoria.
Se convoca para el año 2023 la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia no competitiva destinadas a los Ayuntamientos de los municipios
situados en las áreas de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Doñana y
del Parque Nacional de Sierra Nevada para la financiación de actividades, financiada
por la Administración General del Estado, a través del Organismo Autónomo Parques
Nacionales.
La cuantía total máxima destinada a las subvenciones es de 1.350.000,00 €
atendiendo a la siguiente distribución:
PARQUE NACIONAL
DOÑANA
SIERRA NEVADA

PROPORCIÓN
37,05
62,95

IMPORTE (€)
500.175,00
849.825,00

Para el supuesto en que no existan beneficiarios suficientes que agoten la
disponibilidad presupuestaria en un Parque Nacional, por no existir solicitantes o por no
cumplir las solicitudes presentadas los requisitos de la Orden de 23 de julio de 2010, el
crédito restante podrá pasar a incrementar la dotación presupuestaria asignada al otro
Parque Nacional.

Tercero. Objeto.
La finalidad de estas ayudas es subvencionar los costes directamente relacionados
con actividades no consistentes en inversiones en las áreas de influencia socioeconómica
del Parque Nacional de Doñana y del Parque Nacional de Sierra Nevada referidas a:
1.º Iniciativas públicas orientadas a la divulgación de los valores e importancia de los
citados Parques Nacionales entre amplios sectores de la sociedad local.
2.º Iniciativas públicas destinadas a la formación de la población local en tareas
relacionadas con la gestión de los Parques Nacionales en cualquiera de sus facetas, con
la conservación de los valores naturales y culturales que justificaron su declaración o con
el uso sostenible de los recursos naturales renovables.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282171

Segundo. Beneficiarios.
Aquellos Ayuntamientos de los municipios situados en el área de influencia
socioeconómica del Parque Nacional de Doñana y del Parque Nacional de Sierra Nevada,
de conformidad con el art 4.1.1.1 de la Orden de 23 de julio de 2010.