Disposiciones generales. . (2023/76-1)
Decreto 92/2023, de 18 de abril, por el que se regula la pesca marítima en aguas interiores de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se ordena la flota que opera exclusivamente en dichas aguas.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 76 - Lunes, 24 de abril de 2023

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ANEXO III

4. DECLARACIONES
DECLARO, bajo mi expresa responsabilidad, que:
La embarcación está inscrita en el Registro General de la Flota Pesquera.
La embarcación tiene puerto base en Andalucía.
La embarcación posee una licencia de pesca marítima válida en aguas interiores.
La embarcación está equipada con un sistema de localización de buques SLB o cualquier otro sistema de geolocalización.
En años anteriores, ha ejercido la actividad para la que se solicita el cambio de modalidad.
La embarcación cumple con la legislación pesquera y con el cumplimiento de las medidas técnicas, condiciones de uso,
señalización y balizamiento.

5. DOCUMENTACIÓN (1)
Presento la siguiente documentación:
En caso de cambio temporal a artes de parada:

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

Planos de instalación del conjunto de redes, con coordenadas geográficas.
Proyecto básico o memoria de balizamiento.
En caso de la autorización especial de cambio temporal de modalidad para la pesca con artes de moruna en el litoral almeriense,
presentará además:
Documentación acreditativa de las licencias, autorizaciones, permisos que procedan en materia de seguridad de la
navegación.

DOCUMENTOS EN PODER DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
Ejerzo el derecho a no presentar los siguientes documentos que obran en poder de la Administración de la Junta de Andalucía o de
sus Agencias, e indico a continuación la información necesaria para que puedan ser recabados:
Documento

Consejería/Agencia y Órgano

Fecha de emisión
o presentación

Procedimiento en el que se
emitió o en el que se presentó

1
2
3
4
5

DOCUMENTOS EN PODER DE OTRAS ADMINISTRACIONES
Ejerzo el derecho a no presentar los siguientes documentos que obran en poder de otras Administraciones Públicas, e indico a
continuación la información necesaria para que puedan ser recabados:
Documento

Administración Pública y Órgano

Fecha de emisión
o presentación

Procedimiento en el que se
emitió o en el que se presentó

1
2
3
4
5

(1) En virtud del Artículo 66.5 de la Ley 39/2015, en la presentación telemática de esta solicitud se podrán realizar comprobaciones automáticas a
partir de la información aportada a la presente solicitud, contra los siguientes sistemas de información y gestión de la Consejería competente en
materia de pesca:
- Censo de la Flota Pesquera.
- Sistema de Localización de la Flota Pesquera.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00282232

004877/A03

Aquellas discrepancias de información encontradas entre los datos recogidos en esta solicitud y los Sistemas de Información y gestión
consultados, deberán ser subsanados en la correspondiente fase de subsanación de la solicitud de ayuda y aportación de documentación.

https://www.juntadeandalucia.es/eboja