3. Otras disposiciones. . (2023/75-35)
Resolución de 28 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Sevilla, por la que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción. (PP. 1571/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 75 - Viernes, 21 de abril de 2023

página 6772/5

Emplazamiento de la ISF: Polígono 16, parcela 44.
Referencias catastrales de la ISF: 41004A016000440000IM.
Finalidad de la instalación: Producción de energía eléctrica mediante tecnología
Fotovoltaica (b.1.1 Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula
la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía
renovables, cogeneración y residuos).
Potencia de módulos FV (pico) de generación: 50 MWp.
Potencia instalada (inversores) de generación: 41,415 MW (art. 3 R.D. 413/2014).
Potencia máxima de evacuación: 40,83 MW.
Tensión de evacuación: 400 kV.
Punto de conexión: SET Don Rodrigo 400 kV (Red Eléctrica de España, S.A.U.)
Coordenadas UTM del centro geométrico de la instalación (ETRS89 huso 30):
X 259430 - Y 4127251.
Proyectos técnicos: Proyecto de Planta Solar Fotovoltaica de 50 MWp/40,83 MWn
«Esmeralda». Paraje Torre San Pío. T.m. Alcalá de Guadaíra (Sevilla) con
Declaración Responsable del técnico autor del trabajo profesional con fecha 14 de
diciembre de 2020.
Técnico titulado competente: Óscar Reyes Blanco, Graduado en Ingeniería Eléctrica,
colegiado núm. 12188 del COGITI de Sevilla.
Las características principales de la infraestructura de evacuación son:

Segundo. Esta autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la normativa
general de aplicación derivada de la Ley 24/2013, y en particular según se establece en
el R.D. 1955/2000, así como en el R.D. 413/2014, debiendo cumplir las condiciones que
en los mismos se establecen, teniendo en cuenta lo siguiente antes de proceder a la
puesta en servicio de la instalación:
• Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones
necesarias de otros organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias
atribuidas a esta Delegación. Y quedará sin efecto en el caso de que las autorizaciones o
derechos (de acceso y conexión) que han sido preceptivas para concederla caduquen o
bien queden igualmente sin efecto.
• El período de tiempo en el cual está prevista la ejecución de la instalación, y su
correspondiente puesta en servicio, deberá ajustarse a los plazos establecidos en el
Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
• El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta
Delegación, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente acta
de puesta en servicio, hecho este imprescindible para que la instalación pueda entrar en
funcionamiento.
• Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los
Reglamentos técnicos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto
y en su explotación. En particular, el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que
se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión, Real Decreto 223/2008,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00281809

• Origen: Centro de seccionamiento interno en la planta fotovoltaica.
• Final: Subestación Marchamorón 220 kV (no objeto de este proyecto).
• Tensión: 30 kV.
• Categoría: Tercera.
• Longitud: 5.180 metros.
• Tipo: Subterránea, 3 conductores por fase con sección de 630 mm². Conductor del
tipo RHZ1-OLH16 de aluminio con aislamiento XLPE 18/30 kV.
• Frecuencia: 50 Hz.
• Término municipal afectado: Alcalá de Guadaíra (Sevilla).